(El Economista, 30-09-2025) | Fiscal

La Comisión Europea ha decidido llevar a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por considerar que aplica un trato fiscal discriminatorio a los contribuyentes extranjeros. El reproche de Bruselas se centra en que Hacienda permite a los residentes en España posponer el pago de impuestos por las plusvalías cuando el cobro se produce de forma aplazada, mientras que a los no residentes les exige declarar de inmediato, incluso aunque no hayan recibido aún el dinero de la operación.

José Blasi, abogado y asesor fiscal, además de presidente de la Sección de Derecho Fiscal y Financiero del Colegio de la Abogacía de Barcelona, fue quien presentó la queja inicial en 2021. Explica que, en la práctica, cuando un particular o empresa con residencia en España vende, por ejemplo, acciones y pacta el cobro a plazos, puede optar por tributar según el criterio de caja (es decir, a medida que recibe los pagos) en lugar del criterio de devengo, que obliga a declarar en el mismo momento de la venta. Sin embargo, esta alternativa no existe para los no residentes, ya sean personas físicas o jurídicas, que solo pueden tributar mediante el Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR), sin posibilidad de acogerse al criterio de caja.

Ante la falta de respuesta por parte del Ministerio de Hacienda al procedimiento de infracción abierto por Bruselas, la Comisión ha decidido escalar el caso al TJUE, cuya sentencia se espera en los próximos meses. Si el fallo fuera desfavorable para España, Blasi señala que tendría dos efectos inmediatos: el Congreso debería reformar el IRNR para permitir la tributación por caja y, aun sin reforma legislativa, los no residentes podrían acogerse igualmente a ese criterio en base a la resolución judicial. Lo más razonable, añade, sería que el Gobierno introdujera la modificación de forma urgente mediante una disposición adicional en alguna ley ya en tramitación parlamentaria.

Este caso se suma a otra denuncia presentada en marzo ante la Comisión por el abogado Alejandro del Campo, de DMS Legal, relativa a la fiscalidad aplicada a ciudadanos extracomunitarios que alquilan inmuebles en España. Según esta reclamación, el sistema actual impide que los no residentes deduzcan en el IRNR gastos como el IBI, cuotas de comunidad, intereses o seguros, además de obligarles a tributar a un tipo más alto que los españoles. La desigualdad se ha acentuado con la Ley de Vivienda de 2023, que elevó las deducciones en el IRPF hasta un 90% en zonas tensionadas, beneficio del que los no residentes quedaron excluidos. La Audiencia Nacional ya ha respaldado este verano la tesis de Del Campo.

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