(Expansión, 08-05-2026) | Fiscal
El Tribunal de Comercio Internacional de Estados Unidos suspendió este jueves la aplicación de un arancel general del 10% sobre la mayoría de las importaciones, al concluir que el presidente Donald Trump recurrió de manera inapropiada a una antigua ley comercial para justificar esta medida. La corte consideró que Trump hizo un uso indebido de esa normativa al aprobar los aranceles el pasado mes de febrero, poco después de que el Tribunal Supremo invalidara otro conjunto de medidas similares.
En su resolución, el tribunal con sede en Nueva York señaló que el Gobierno sobrepasó las competencias que le otorga la ley al imponer de forma masiva gravámenes a productos procedentes de casi todos los países. Aun así, el caso sigue abierto, ya que la Administración ya contemplaba que este arancel global fuera una solución provisional mientras buscaba otras vías legales para establecer tarifas más permanentes.
El gravamen del 10% comenzó a aplicarse el 24 de febrero al amparo de la sección 122 de la Ley de Comercio de 1974 y tiene una duración máxima de 150 días, por lo que dejará de estar vigente el próximo 23 de julio. Para extenderlo más allá de esa fecha sería necesaria la aprobación del Congreso, según informó la agencia Efe.
De acuerdo con The New York Times, se prevé que el Ejecutivo de Trump recurra la decisión judicial, lo que podría alargar el proceso. En caso de una derrota definitiva, el Gobierno tendría que reembolsar los ingresos obtenidos mediante estos aranceles, calculados en unos 166.000 millones de dólares. Tras el rechazo previo del Tribunal Supremo a otras medidas arancelarias, la Administración optó por apoyarse en la sección 122 de la Ley de Comercio de 1974, una disposición que rara vez se utiliza.
Sin embargo, el Tribunal de Comercio destacó que esta cláusula solo autoriza la aplicación temporal de aranceles limitados y únicamente en situaciones excepcionales relacionadas con desequilibrios graves en la balanza de pagos o problemas en el sistema financiero internacional. La sentencia también recuerda que dicha normativa permite imponer aranceles de hasta el 15% durante un periodo máximo de 150 días, y que cualquier prolongación posterior requiere la autorización expresa del Congreso.