(Expansión, 13-11-2025) | Mercantil, civil y administrativo

El Tribunal Supremo se ha vuelto a pronunciar sobre las hipotecas vinculadas al índice IRPH tras la reciente resolución del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), y ha reafirmado el criterio que ya estableció hace cinco años. Según el Alto Tribunal, las hipotecas referenciadas al IRPH no pueden considerarse abusivas per se si dicho índice estaba publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). La entidad más expuesta a este tipo de préstamos es CaixaBank.

En dos nuevas sentencias, el Supremo insiste en que no procede declarar nulas de forma general las hipotecas con IRPH, un índice utilizado principalmente por las antiguas cajas de ahorros. Aunque suele situarse por encima del euríbor, el IRPH es un indicador oficial, regulado y supervisado por el Banco de España.

El tribunal considera que las entidades financieras actuaron con transparencia siempre que informaran al cliente de que el índice estaba disponible públicamente en el BOE, sin ser necesario detallar el método de cálculo o su comportamiento histórico.

Ya en 2020, el pleno de la Sala de lo Civil había descartado que el uso del IRPH implicara abusividad, al entender que no puede atribuirse mala fe a los bancos por ofrecer un índice oficial y autorizado por las autoridades financieras. "El hecho de que resulte más caro que el euríbor no supone, por sí solo, un desequilibrio que determine su carácter abusivo", afirmaba entonces la sentencia, que contó con un voto particular.

Las nuevas resoluciones del Supremo establecen criterios para que los tribunales españoles valoren la transparencia de la comercialización de estos préstamos de forma individual, caso por caso. El Alto Tribunal subraya que los bancos no estaban obligados a facilitar información detallada sobre el funcionamiento o evolución del IRPH si indicaban a los clientes dónde podían consultar esos datos, al estar publicados periódicamente en el BOE.

Sin embargo, la asociación de consumidores Asufin critica esta postura, recordando que el TJUE, en su sentencia de diciembre, estableció que "el consumidor no tiene por qué acudir a fuentes externas para obtener información".

La banca española mantiene una exposición de aproximadamente 16.700 millones de euros en hipotecas referenciadas al IRPH, la mayoría procedentes de la antigua Bankia, ahora integrada en CaixaBank. Ninguna entidad ha realizado provisiones específicas ante posibles fallos judiciales desfavorables. Actualmente, el número total de hipotecas ligadas a este índice se sitúa por debajo del millón.

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