(El Economista, 18-07-2025) | Laboral
Las recientes sentencias del Tribunal Supremo, que concluyen que la regulación de la indemnización por despido improcedente en España no vulnera ni el convenio 158 de la OIT ni el artículo 24 de la Carta Social Europea -por lo que no corresponde establecer compensaciones superiores a los actuales 33 días por año trabajado con un tope de 24 mensualidades-, no han modificado los planes de la vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz. El Alto Tribunal deja claro que la única forma de cambiar esta situación pasa por reformar el Estatuto de los Trabajadores. No obstante, esta resolución proporciona al PSOE un argumento sólido para frenar la iniciativa sin romper su compromiso de legislatura con Sumar.
En el pacto firmado en noviembre de 2023 entre Pedro Sánchez y Yolanda Díaz se incluía la intención de "establecer garantías frente al despido para los trabajadores, cumpliendo con la Carta Social Europea y reforzando la necesidad de justificar la extinción de los contratos laborales". En ningún momento se especificaba el aumento de las indemnizaciones, y menos aún la implantación de compensaciones variables. Todo se enmarcaba en el cumplimiento de los estándares europeos, que, según el Supremo, ya se satisfacen plenamente.
La doble resolución del Supremo tiene implicaciones jurídicas relevantes. Algunos juzgados habían empezado a dictar indemnizaciones superiores al máximo legal basándose en una interpretación de las normas internacionales, que exigen que la compensación sea proporcional al perjuicio causado y tenga un efecto disuasorio. Sin embargo, otros tribunales se habían pronunciado en sentido contrario. La Sala de lo Social pone fin a esa discrepancia, afirmando que la normativa española ya cumple dichos principios. No obstante, el debate político continúa, y se remonta a la legislatura anterior.
En la reforma laboral de 2021 se evitó tocar el coste del despido. Ni el PSOE ni Unidas Podemos -con Díaz como ministra de Trabajo- incluyeron este punto en su compromiso de eliminar los aspectos más lesivos de la reforma de 2012, que había reducido las indemnizaciones de 45 días por año (con un máximo de 42 mensualidades) a 33 días (con un tope de 24). Tampoco se discutió este aspecto en el diálogo con sindicatos y patronal. Además de evitar un enfrentamiento con estos actores, se buscaba no poner en riesgo la buena valoración de Bruselas, que podía afectar incluso al acceso a fondos europeos.
Ante este contexto, los sindicatos buscaron una alternativa: acudir al Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS), una instancia dependiente del Consejo de Europa, aunque no vinculada a la Unión Europea y sin poder judicial como el del TJUE. Este organismo ya había emitido dictámenes similares respecto a Francia, Italia y Finlandia, sin que ello llevara a estos países a modificar su legislación.
El objetivo era presionar a través de una posible censura del Consejo de Europa a la legislación española para forzar un cambio normativo. Pero el hecho de que ninguno de los países mencionados hubiera adaptado su normativa debilitaba esta estrategia, iniciada por UGT y CCOO en 2022, poco después del acuerdo de reforma laboral con CEOE y Cepyme.
Además, el propio Gobierno español se posicionó en contra de modificar la ley en las alegaciones presentadas durante el proceso ante el CEDS, delegando la decisión a los tribunales. Esta postura provocó tensiones internas, ya que el Ministerio de Trabajo sí respaldaba abiertamente la denuncia sindical e incluso empezó a diseñar un nuevo modelo de despido, que contemplaba indemnizaciones personalizadas en función de cada caso.
La intención no era volver automáticamente a los 45 días por año trabajado, sino eliminar el límite máximo de mensualidades. No obstante, numerosos expertos en derecho laboral advirtieron que esto podría generar inseguridad tanto en las desvinculaciones como en las contrataciones, perjudicando especialmente a colectivos vulnerables como mujeres mayores de 50 años, quienes podrían resultar "más caras de despedir" en función del modelo propuesto por la ministra.
El final de la legislatura anterior y la ruptura definitiva con Unidas Podemos -tras la cual Díaz fundó su propia formación, Sumar, incorporando a Izquierda Unida o Más País- no rebajaron la relevancia del tema. Al contrario, Díaz convirtió este asunto en uno de los pilares de su campaña de 2023 y lo incluyó en el acuerdo de gobierno con Sánchez firmado en noviembre de ese año. Aun así, el texto pactado por los socialistas fue mucho más ambiguo de lo que habría deseado la dirigente gallega.
Desde entonces, los desencuentros entre Díaz y otros miembros del Consejo de Ministros han sido frecuentes, aunque discretos. Han sido especialmente tensos con los titulares de Economía, Carlos Cuerpo (que heredó esta controversia de Nadia Calviño), y con el ministro de Presidencia y Justicia, Félix Bolaños. La polémica con este último estalló cuando su departamento solicitó la recusación de Carmen Salcedo, representante española en el CEDS. Díaz respondió exigiendo que no se interfiriera en las decisiones de este organismo.
Una vez que el Supremo ha determinado que las resoluciones del CEDS no son vinculantes ni tienen relación directa con la UE, la estrategia de Díaz y los sindicatos para reformar el modelo de despido ha perdido fuerza. Además, avanzar con una reforma legal se complica aún más por la situación política.
La ministra se había marcado como horizonte el año 2026, cuando se espera haber concluido el proceso legislativo de la reducción de jornada. Pero este calendario podría retrasarse, ya que Junts ha bloqueado la votación de la ley hasta después del verano, alineándose con las posiciones empresariales. Es previsible que esta formación mantenga esa postura también respecto a los despidos, lo que obligaría al PSOE a frenar esta iniciativa para no poner en riesgo su mayoría parlamentaria.
Pese a ello, Yolanda Díaz no tiene intención de aparcar el asunto. La recién creada Comisión de Evaluación de la Reforma Laboral será el nuevo campo de batalla en esta disputa que marcará el final de la legislatura en lo laboral.
Dicha comisión tomará como punto de partida los datos sobre contratación temporal y fija correspondientes a enero de 2025. Según ha dicho Díaz, si no se observa una reducción clara en la temporalidad, "se tomarán medidas adicionales". Pero la clave está en definir qué tipo de temporalidad se analiza: si el porcentaje de contratos temporales sobre el total o si se considera la rotación laboral, incluyendo los contratos fijos discontinuos y los ceses en periodo de prueba.
Esta distinción es relevante. La reforma ha logrado reducir la temporalidad contractual de forma notable, lo cual es un avance innegable, pero también limitado. España sigue soportando un elevado desempleo y una alta rotación en el empleo, cifras que superan a las del resto de la UE. Aunque se ha incrementado más de 15 puntos la proporción de empleo estable, el punto de partida era muy bajo y, como han reconocido desde el Ministerio de Trabajo, una reforma laboral no puede por sí sola transformar un modelo productivo que aún depende en gran medida de actividades estacionales y precarias.