(El Economista, 12-03-2026) | Laboral

El Tribunal Supremo ha respaldado que las empresas supriman los días adicionales por desplazamiento que antes se concedían a los trabajadores cuando solicitaban el permiso para atender a familiares hospitalizados o enfermos, después de que este permiso se ampliara a cinco días en 2023. En una sentencia dictada el 18 de febrero, el alto tribunal desestima el recurso presentado por los sindicatos contra la decisión de una empresa que había eliminado esos días extra destinados al viaje.

Antes de la reforma aprobada en junio de 2023, el permiso retribuido para cuidar a familiares ingresados o en reposo en el domicilio era de dos días, que podían ampliarse en otros dos si el trabajador necesitaba desplazarse. Tras el cambio legal, el permiso pasó a ser de cinco días laborables, independientemente de que exista o no desplazamiento.

En el caso analizado, la empresa concedía previamente tres días para atender a familiares y añadía otros tres en caso de que el trabajador tuviera que viajar. Sin embargo, al adaptarse a la nueva normativa de cinco días, decidió eliminar los tres días adicionales por desplazamiento.

El sindicato impugnó esta medida al considerar que se trataba de una decisión adoptada de forma unilateral que perjudicaba a los trabajadores y que constituía una Modificación Sustancial de las Condiciones de Trabajo (MSCT). Por ello, sostenía que la empresa debía haber abierto un proceso de negociación con la representación de la plantilla.

No obstante, el Tribunal Supremo considera que la decisión de la empresa fue consecuencia directa de un cambio en la legislación que debía aplicar obligatoriamente. Según señala la sentencia, al no existir margen de elección para la compañía, no puede reprochársele que no iniciara una negociación con los representantes de los trabajadores, ya que no se trata de una modificación sustancial de las condiciones laborales.

Además, el tribunal subraya que la nueva regulación resulta más favorable para los empleados que la situación anterior, en la que solo disponían de tres días de permiso. Con la normativa actual, todos los trabajadores tienen derecho directamente a cinco días laborables, independientemente de si deben desplazarse o no. Esto supone, añade el Supremo, que el permiso se ha ampliado, ya que al tratarse de días laborables -sin incluir fines de semana- en la práctica puede extenderse hasta siete días naturales.

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