(El Economista, 01-12-2025) | Fiscal

El Tribunal Supremo (TS) ha respaldado que un arrendador pueda desahuciar a sus inquilinos por no pagar el IBI y la tasa de basuras. En una sentencia del 17 de noviembre, el alto tribunal establece que, si los arrendatarios han aceptado en el contrato hacerse cargo de estos tributos, deben cumplirlo, aunque no figure en la cláusula el importe exacto. De lo contrario, el propietario puede iniciar el proceso de desahucio.

Este pronunciamiento es importante porque resuelve las discrepancias que existían entre diversas Audiencias Provinciales y se produce justo cuando la nueva tasa de basuras, obligatoria en toda España a partir de 2025, empieza a influir en los contratos de alquiler, pues muchos propietarios pretenden trasladarla a los inquilinos.

La resolución, redactada por la magistrada María de los Ángeles Parra Lucán, analiza el caso de un propietario que solicitó la resolución del contrato y el desalojo de los arrendatarios por dejar de pagar el IBI y la tasa de basuras. El contrato, firmado en junio de 2019 por un periodo de cinco años, establecía expresamente que los inquilinos asumirían ambos pagos. Aunque los arrendatarios abonaron estos impuestos en 2020, dejaron de hacerlo en 2021 alegando que el contrato no detallaba la cuantía anual que debían pagar, escudándose en el artículo 20 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).

El Supremo analiza dicho artículo, que permite que el inquilino asuma gastos del inmueble, servicios y tributos no individualizables, siempre que su importe anual figure por escrito. Sin embargo, el tribunal concluye que esta exigencia no aplica al IBI ni a la tasa de basuras, ya que ambos pueden individualizarse: cada vivienda paga en función de sus características. En cambio, los gastos que no pueden individualizarse -a los que se refiere el artículo 20- son aquellos relacionados con el edificio en su conjunto, cuya cuota se calcula según la participación de cada propietario y no por consumo.

Por ello, el Supremo aclara que cuando se trata de tributos individualizados por vivienda no es necesario especificar el importe anual en el contrato. El tribunal también recuerda que la Ley Reguladora de las Haciendas Locales permite a los propietarios repercutir el IBI conforme al derecho común, y que si existe libertad para fijar la renta, también debe reconocerse la posibilidad de pactar que sea el arrendatario quien pague este impuesto. En cuanto a la tasa de basuras, señala que la normativa también autoriza su traslado a los inquilinos, dado que son quienes realmente se benefician del servicio de recogida.

El Supremo ratifica el desahucio y obliga a los inquilinos a pagar al propietario 1.006 euros correspondientes al IBI y la tasa de basuras de 2021 y 2022. Los especialistas prevén que, según vayan venciendo los contratos de alquiler, será cada vez más habitual que los propietarios incluyan en los nuevos contratos la tasa de basuras, debido a su coste y al hecho de que son los arrendatarios quienes generan los residuos. El coste medio en España es de 122 euros por vivienda, aunque varía por municipio: Valencia, Tarragona y Gerona superan los 200 euros anuales, mientras que en Toledo o Palencia no alcanza los 60 euros.

¿ESTAS BUSCANDO

ASESORÍA PERSONAL O EMPRESARIAL?

Realiza tu consulta online o ven a visitarnos