(Cinco Días, 04-04-2024) | Mercantil, civil y administrativo

Las restricciones a las empresas que ofrecen servicios de vehículos de transporte con conductor (VTC) parecen estar llegando a su fin. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia nº 398/2021 de 23 de noviembre, emitida por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, la cual anula varios artículos del decreto regulador de los VTC impulsado por el Gobierno vasco. Esta decisión representa una victoria más para un sector principalmente liderado por Uber y Cabify.

Específicamente, la Sala considera contraproducente para el principio de libertad de empresa, reconocido en el artículo 38 de la Constitución Española, la exigencia de un intervalo de 30 minutos para solicitar el servicio de alquiler de vehículos con conductor. Esto se basa en que dificulta de manera excepcional el acceso al mercado para las VTC. La sentencia establece que esta exigencia "constituye una limitación muy notable para el ejercicio de esta actividad empresarial", ya que los clientes buscan estos servicios de forma inmediata y al mejor precio posible. Además, la sentencia valida la posibilidad de que los usuarios conozcan la ubicación de los vehículos disponibles antes de contratarlos, ya que esto "beneficia a los consumidores" y protege el interés público según las reglas de la Ley de Garantía de Unidad de Mercado.

Esta sentencia confirma la doctrina previamente establecida por el Tribunal Supremo en una resolución del 13 de febrero sobre un caso similar presentado por Uber BV, lo que elimina las restricciones impuestas a las VTC en el País Vasco. Estas limitaciones, que también se adoptaron en otras comunidades autónomas como Comunidad Valenciana, Cataluña, Aragón y Baleares, quedan anuladas por segunda vez por el Tribunal Supremo. Por otro lado, comunidades autónomas como Andalucía y la Comunidad de Madrid, alineadas con la competencia entre modalidades de transporte, no han establecido esta restricción en sus regulaciones sobre VTC.

José Manuel Berzal, presidente de la patronal UNAUTO-VTC, destacó que esta sentencia confirma su postura y desmonta las restricciones establecidas por algunas comunidades, mientras que Ignacio Manzano, vicepresidente de Feneval-VTC, expresó su confianza en que las administraciones revisen sus normativas para eliminar estas limitaciones y respetar el derecho constitucional reconocido por la Justicia.

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