(Expansión, 29-09-2025) | Laboral

La medida afecta principalmente al personal laboral, es decir, a los trabajadores del sector público que tienen reconocido el derecho a la jubilación parcial. Según fuentes del diálogo social consultadas por EXPANSIÓN, el Ministerio de Elma Saiz se ha comprometido a dar una solución y a presentar en las próximas semanas una propuesta a los agentes sociales para reactivar esta modalidad de retiro gradual con contrato de relevo dentro de las plantillas públicas.

De acuerdo con esas fuentes, la idea del Ministerio pasa por abrir un periodo transitorio en el que los distintos organismos puedan recurrir a interinos para desbloquear las solicitudes paralizadas desde la entrada en vigor, el pasado 1 de abril, de la nueva normativa que regula esta fórmula de salida progresiva del mercado laboral. El último pacto de pensiones, alcanzado hace algo más de un año entre Gobierno, patronal y sindicatos, introdujo cambios en la jubilación parcial sin prever el impacto negativo que tendrían sobre el personal laboral de las Administraciones. El problema deriva de la protección reforzada exigida al trabajador relevista.

La norma obliga a que el relevista sea contratado de forma indefinida y a jornada completa, manteniendo la relación laboral al menos dos años después de que finalice la jubilación parcial. Esta rigidez ha resultado inviable en las Administraciones públicas, donde generar un puesto fijo es mucho más complejo que en el ámbito privado. De hecho, para crear un contrato indefinido de personal laboral es necesario superar un proceso selectivo (oposición) que garantice igualdad, mérito y capacidad. Esta exigencia ha bloqueado las jubilaciones parciales, ya que antes del 1 de abril podían cubrirse con interinos o trabajadores temporales.

Aunque desde la Seguridad Social no confirman aún la fórmula definitiva y prefieren esperar a un acuerdo en la mesa de negociación con los agentes sociales, las fuentes apuntan a que la solución podría consistir en una disposición transitoria que permita mantener la normativa anterior durante un tiempo, hasta que las Administraciones puedan cubrir los puestos con personal fijo procedente de las grandes ofertas de empleo público aprobadas recientemente.

Aclaran además que no se trataría de una excepción permanente para el sector público, sino de una ventana temporal para que los trabajadores laborales -que sí tienen este derecho reconocido, a diferencia de los funcionarios y personal estatutario- puedan ejercerlo hasta que existan bolsas de empleo suficientes con contratos fijos para los relevistas.

Aunque no hay estadísticas desglosadas entre funcionarios de carrera, estatutarios y personal laboral, la diferencia entre los primeros y el total de empleados públicos permite una aproximación. En 2024 había en España unos 250.000 trabajadores laborales en la Administración con derecho a solicitar la jubilación parcial.

El problema de fondo se agrava por la elevada temporalidad en el sector público. Muchos trabajadores temporales no pueden acogerse a la jubilación parcial, lo que limita aún más las opciones. Según el INE, en el segundo trimestre de 2025 había 3,5 millones de empleados públicos, de los que cerca de 981.000 eran temporales, lo que supone una tasa del 28%. Este nivel de temporalidad ha sido denunciado por los sindicatos y también cuestionado por instancias internacionales, ya que uno de los compromisos del Plan de Recuperación -que habilita la llegada de fondos europeos- es precisamente reducirla.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ya se pronunció en junio de 2024 advirtiendo que el uso sucesivo de contratos temporales en el sector público para cubrir necesidades permanentes constituye un abuso, e instando a adoptar medidas efectivas como la conversión en contratos indefinidos o la aplicación de indemnizaciones disuasorias, siempre que se respete la igualdad, el mérito y la capacidad en el acceso al empleo público.

En este sentido, se espera en las próximas semanas un dictamen del Abogado General del TJUE a raíz de una consulta del Tribunal Supremo sobre la situación de los interinos de larga duración. Aunque sus conclusiones no son vinculantes, podrían orientar sobre cómo aplicar las sentencias previas del TJUE, que critican la falta de medidas eficaces contra la temporalidad y sugieren que los interinos con muchos años de servicio sean considerados fijos.

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