(El País, 16-04-2026) | Mercantil, civil y administrativo

El Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública ha aprobado una orden que obliga a las empresas a realizar sus llamadas comerciales únicamente desde números que empiecen por el prefijo 400. Esta medida forma parte del Plan Antiestafas del Gobierno y entrará en vigor en un plazo de seis meses, por lo que a partir de octubre los operadores deberán bloquear cualquier llamada de este tipo que no utilice dicha numeración.

Según el contenido de la orden, este nuevo rango de nueve cifras permitirá a los usuarios reconocer de inmediato que se trata de una llamada con fines comerciales antes de responder. Con ello, el Ejecutivo pretende reducir tanto el volumen de comunicaciones no deseadas como los fraudes basados en la suplantación de identidad.

La iniciativa responde a lo establecido en la Ley de Servicios de Atención a la Clientela, aprobada en diciembre, que ya contemplaba la creación de una numeración específica para actividades comerciales. Cuando el sistema esté plenamente implantado, las compañías de telecomunicaciones tendrán la obligación de detectar y bloquear las llamadas que intenten sortear la norma utilizando números móviles o geográficos con fines publicitarios.

Los números con prefijo 400 estarán diseñados para ser unidireccionales, lo que significa que los usuarios podrán recibir llamadas, pero no devolverlas. Esta característica busca evitar estafas basadas en la devolución de llamadas a números desconocidos que pueden implicar costes elevados o formar parte de redes fraudulentas.

Además, la normativa obliga a los operadores a ofrecer a los clientes la opción de bloquear todas las llamadas procedentes de este rango. De esta forma, cualquier usuario podrá decidir no recibir comunicaciones comerciales de manera sencilla, sin necesidad de recurrir a registros externos o aplicaciones adicionales.

Si, una vez aplicada la medida, un ciudadano recibe una llamada comercial desde un número no autorizado, podrá denunciarlo ante la Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones o ante la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, que serán las encargadas de supervisar el cumplimiento de la normativa y, en su caso, sancionar a las empresas que la incumplan.

En cuanto a las llamadas de atención al cliente, solo podrán realizarse desde números cortos específicos, líneas gratuitas (800 y 900) o números geográficos asociados a la empresa. El objetivo es diferenciar claramente entre la atención solicitada por el usuario y las llamadas comerciales. De hecho, desde marzo de 2025 ya está prohibido utilizar números móviles para servicios de atención al cliente.

Los resultados de las medidas previas del Plan Antiestafas reflejan la magnitud del problema: desde marzo de 2025 se han bloqueado cerca de 192 millones de llamadas fraudulentas y 17 millones de mensajes SMS. Esta actuación conjunta de los operadores ha permitido frenar muchas comunicaciones antes de que lleguen a los usuarios. En el caso de Telefónica, por ejemplo, se interceptan alrededor de 500.000 llamadas fraudulentas al día.

El plan también incluye medidas contra el fraude por mensajes móviles, conocido como smishing. En este sentido, la CNMC ha aprobado la creación de un registro de alias para SMS, donde empresas y administraciones deberán inscribir los identificadores que utilizan como remitente en sus mensajes.

A partir del 7 de junio, los operadores estarán obligados a bloquear cualquier mensaje cuyo remitente no esté registrado en esta base de datos. El objetivo es garantizar que el nombre que aparece en el móvil, como el de un banco o una institución pública, corresponda realmente con quien envía el mensaje. Para registrarse, las entidades deberán demostrar su vínculo legal con el nombre o marca que pretendan utilizar.

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