(El Economista, 26-10-2026) | Laboral
El Gobierno ha ampliado los supuestos en los que las cuotas de los autónomos quedarán protegidas frente a las regularizaciones de la Seguridad Social cuando perciban determinadas prestaciones. A partir del 1 de enero de 2027, las bases de cotización correspondientes a ciertos periodos en los que los trabajadores por cuenta propia reciban ayudas por el cuidado de menores afectados por cáncer u otras enfermedades graves, así como por patologías vinculadas a la menopausia o lesiones derivadas de la violencia de género, tendrán carácter definitivo. De esta forma, se evitarán posteriores ajustes en las cuotas correspondientes a esos periodos.
La medida está recogida en el Real Decreto-ley 31/2026, de 20 de octubre, que introduce mejoras en distintas prestaciones. La modificación se enmarca en el sistema de cotización de los autónomos en función de sus ingresos reales, por el que la Seguridad Social revisa anualmente las aportaciones realizadas una vez dispone de los rendimientos definitivos de cada trabajador.
Durante el ejercicio, cada autónomo selecciona una base de cotización provisional de acuerdo con la previsión de ingresos que espera obtener. Una vez cerrado el año, la Seguridad Social contrasta esa información con los datos fiscales facilitados por la Agencia Tributaria. Si las cotizaciones abonadas fueron inferiores a las que correspondían según los rendimientos reales, el trabajador debe ingresar la diferencia. En cambio, si pagó más de lo debido, la Tesorería General de la Seguridad Social le devuelve el importe correspondiente.
Este procedimiento contempla algunas excepciones cuando el autónomo ha percibido determinadas prestaciones. En esos casos, las bases de cotización de los meses afectados quedan fijadas y no pueden modificarse durante la regularización posterior. La protección también se extiende a los periodos utilizados para calcular la base correspondiente a la prestación.
Este mecanismo funciona desde 2022 y establece periodos de referencia distintos según el tipo de ayuda recibida. En el caso de la incapacidad temporal, se toma como referencia el mes anterior al inicio de la baja, mientras que para la prestación por cese de actividad se tienen en cuenta los últimos 12 meses, entre otros supuestos.
Hasta ahora, esta garantía se aplicaba a los periodos vinculados a la incapacidad temporal, el riesgo durante el embarazo y la lactancia natural, el nacimiento y cuidado de menores, y el cese de actividad. Con la nueva regulación, el Gobierno amplía los supuestos protegidos para incluir otras situaciones en las que los autónomos perciben prestaciones de la Seguridad Social.
El colectivo mantiene un crecimiento moderado en los últimos años. El número de afiliados al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) aumentó un 6,7% en seis años, al pasar de 3,26 millones en septiembre de 2020 a 3,48 millones en el mismo mes de 2026. Esta evolución refleja las dificultades para impulsar el emprendimiento y garantizar el relevo generacional, especialmente en sectores tradicionales.
Al mismo tiempo, las cotizaciones de los trabajadores por cuenta propia continúan aportando recursos crecientes al sistema público. Entre enero y agosto de 2026, los autónomos contribuyeron a las arcas de la Seguridad Social con 8.405 millones de euros, un 8,75% más que en el mismo periodo del año anterior, cuando la recaudación ascendió a 7.729 millones.
El real decreto-ley incorpora otras modificaciones en materia de protección social. Desde su entrada en vigor, las personas que convivían de forma estable con su pareja y tenían hijos en común, pero quedaron excluidas de la pensión de viudedad por no estar casadas ni inscritas como pareja de hecho, disponen de un año para volver a solicitar la prestación.
La norma también mejora la protección económica por orfandad en aquellos casos en los que la madre haya fallecido como consecuencia de la violencia de género. Asimismo, contempla mejoras en las pensiones extraordinarias reconocidas a las víctimas de actos terroristas. El siguiente trámite será la convalidación de la norma por la Diputación Permanente del Congreso. La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, ha defendido que el texto cuenta con «consenso social y político» y ha expresado su confianza en que pueda superar este procedimiento sin dificultades.