(Expansión, 05-11-2025) | Fiscal

Un respiro contable para las pequeñas y medianas empresas. Después de recibir los informes favorables -aunque con ciertos matices- del Consejo Económico y Social (CES) y de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), el Consejo de Ministros aprobó este martes el anteproyecto de ley que modifica los criterios de tamaño empresarial. La medida eleva los umbrales de balance y facturación para adaptarlos a la inflación registrada en 2021 y 2022, con el objetivo de aliviar las cargas informativas, administrativas y económicas que soportan miles de compañías.

Esta reforma, que responde a la obligación de transponer una directiva europea de 2023, permitirá que numerosas empresas actualmente clasificadas como medianas pasen a ser consideradas pequeñas a efectos contables, lo que les supondrá un alivio frente a la creciente presión burocrática y regulatoria.

Según el Ministerio de Economía, la futura ley elevará los límites de activos y de volumen de negocio "para que más empresas puedan acogerse al régimen simplificado de información financiera (modelos abreviados), reduciendo sus cargas administrativas y favoreciendo un entorno empresarial más eficiente". En concreto, se considerarán pequeñas aquellas empresas con un balance total que no supere los 7,5 millones de euros -frente a los 4 millones actuales- y una facturación que no exceda los 15 millones de euros, frente a los 8 millones vigentes.

Gracias a esta modificación, unas 5.800 empresas podrán beneficiarse del modelo abreviado de información corporativa. Además, el anteproyecto contempla un aumento del 25% en los límites que determinan la obligatoriedad de auditar las cuentas. Así, quedarán exentas de auditoría las compañías con activos de hasta 3,56 millones de euros (actualmente 2,85 millones) o una cifra de negocios inferior a 7,12 millones (en lugar de 5,7 millones). Esto implicará que, una vez aprobada la ley en el Congreso, unas 4.300 empresas dejarán de estar obligadas a auditar sus cuentas. Se trata de la primera revisión de estos umbrales desde 2013.

No obstante, la norma no atiende una de las principales demandas del tejido empresarial: elevar los límites relativos al número de empleados. Alcanzar o superar los 50 trabajadores seguirá implicando un aumento significativo de obligaciones administrativas y regulatorias, lo que muchos empresarios denominan la "maldición del empleado 50", un obstáculo que frena el crecimiento de las pymes en España, donde predominan los pequeños negocios y micropymes.

La ley mantiene, por tanto, los actuales tramos de clasificación: empresas pequeñas hasta 50 trabajadores; medianas entre 50 y 250 empleados (con el límite de activos ampliado de 20 a 25 millones y el de facturación de 40 a 50 millones); y grandes empresas por encima de esos valores.

El Gobierno defiende que esta reforma, respaldada por patronales como Cepyme y Pimec, reducirá las cargas administrativas y permitirá destinar más recursos a inversión, digitalización y creación de empleo, fortaleciendo así la competitividad empresarial. Sin embargo, algunos expertos advierten que este alivio podría afectar a la transparencia y a la calidad de la información financiera, abriendo la puerta a un mayor riesgo de fraude. En esta línea se pronunció el presidente del Registro de Economistas Auditores, Emilio Álvarez, quien alertó de que una menor fiscalización puede deteriorar la confianza de los accionistas y los mercados.

Los auditores de cuentas también han mostrado su preocupación, advirtiendo a través del Instituto de Censores Jurados de Cuentas que la exclusión de miles de empresas del deber de auditoría podría perjudicar la lucha contra la economía sumergida, la protección de los inversores minoritarios y la viabilidad de muchos pequeños despachos de auditoría.

En su informe sobre el anteproyecto, emitido el pasado agosto, la CNMC avaló la reforma, aunque recomendó tomar medidas para evitar que las empresas ofrezcan una menor fiabilidad financiera ante inversores y terceros.

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