(La Vanguardia, 05-11-2025) | Laboral
Dos años y medio después del acuerdo entre el Ministerio de Trabajo y los sindicatos para crear el estatuto del becario, el Consejo de Ministros ha dado finalmente luz verde al anteproyecto de ley. El proceso ha sufrido un largo retraso debido a la fuerte oposición de la patronal y las universidades, así como a las dudas iniciales del principal partido del Gobierno, lo que anticipa un trámite parlamentario complicado.
"La formación está pensada para aprender, y nada más, no para sustituir a trabajadores", declaró la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. La nueva normativa persigue dos objetivos principales:
Por un lado, prevenir el uso fraudulento de las prácticas, limitando a un máximo del 20% el número de becarios en una empresa y estableciendo un tope de 480 horas para las prácticas extracurriculares por estudiante. Esta restricción busca evitar abusos en este tipo de prácticas, ya que no están directamente ligadas a los estudios y son más vulnerables a usos inadecuados.
Por otro lado, la ley pretende garantizar una compensación económica a los estudiantes por los gastos de manutención y desplazamiento, lo que ha generado un rechazo frontal de los rectores universitarios. Además, se prevén sanciones para las empresas que incumplan la normativa. "Los becarios no deben ser trabajadores 'low cost'", subrayan desde el Ministerio, insistiendo en que la formación en empresas no puede convertirse en una vía para precarizar el empleo.
La norma recoge las obligaciones que tendrán las personas en formación práctica en el ámbito de la empresa, como cumplir la normativa vigente relativa a prácticas externas establecida por su centro formativo; conocer y cumplir el proyecto formativo de las prácticas, siguiendo las indicaciones de la persona tutora asignada por la empresa bajo la supervisión de la persona tutora académica; o mantener contacto con la persona tutora académica durante el desarrollo de la práctica y comunicarle cualquier incidencia que pueda surgir durante esta, así como hacer entrega de los documentos e informes de seguimiento que le sean requeridos.
Los alumnos en prácticas también deberán incorporarse a la empresa en la fecha acordada, cumplir el horario previsto en el proyecto educativo y respetar las normas de funcionamiento, seguridad y prevención de riesgos laborales de la misma, así como desarrollar el proyecto formativo y cumplir con diligencia las actividades acordadas con la empresa, conforme a las líneas establecidas en el mismo.
Otras de las obligaciones de los becarios serán guardar confidencialidad en relación con la información interna de la empresa y guardar secreto profesional sobre sus actividades, durante el periodo de formación práctica y finalizada ésta; o mostrar, en todo momento, una actitud respetuosa hacia la política de la empresa, salvaguardando el buen nombre del centro formativo al que pertenece.
El Estatuto del Becario incluye un régimen sancionador con multas para las empresas de entre 120.006 y 225.018 euros en el caso de que se produzcan infracciones muy graves en su grado máximo. Si las infracciones son consideradas muy graves pero en su grado mínimo, las multas irán de 7.501 a 30.000 euros, mientras que en su grado medio serán de 30.001 a 120.005 euros.
Las infracciones serán, según establece el documento, muy graves cuando se produzcan discriminaciones directas o indirectas desfavorables por razón de edad o discapacidad o favorables o adversas en materia de retribuciones, jornadas, formación, promoción y demás condiciones de trabajo.
Asimismo, serán consideradas infracciones muy graves aquellas por circunstancias de sexo; origen, incluido el racial o étnico; estado civil; condición social; religión o convicciones; ideas políticas; orientación sexual; adhesión o no a sindicatos y a sus acuerdos; vínculos de parentesco con otros trabajadores en la empresa o lengua dentro del Estado español, así como un trato desfavorable de los trabajadores como reacción ante una reclamación efectuada en la empresa o ante una acción administrativa o judicial destinada a exigir el cumplimiento del principio de igualdad de trato y no discriminación.
La propuesta busca eliminar la figura del falso becario y asegurar que las prácticas no sustituyan en ningún caso las funciones de un empleado. Este proyecto, considerado una de las medidas emblemáticas del Ministerio de Trabajo, ha tenido que superar varios obstáculos antes de llegar al Consejo de Ministros. Ahora, tras su aprobación, deberá superar la votación en el Congreso, donde el clima político actual dificulta la obtención de apoyos suficientes.
La Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas (CRUE) ha reiterado su oposición al texto, principalmente por la obligación de compensar económicamente a los alumnos, algo que -según advierten- pone en riesgo la sostenibilidad financiera de muchas universidades. Por su parte, la CEOE critica que la norma reduce el número de horas de prácticas y aumenta la burocracia, lo que, a su juicio, perjudicará la formación práctica de los estudiantes.