(El País, 10-10-2025) | Laboral

Los trabajadores públicos interinos y el personal laboral temporal o indefinido no fijo siguen sin tener clara la posibilidad de convertirse en empleados fijos tras años encadenando contratos temporales. Así lo reflejan las conclusiones del Abogado General de la Unión Europea, cuyas recomendaciones suelen ser seguidas por el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE). En su dictamen, el jurista deja en manos del Tribunal Supremo español la decisión final sobre el futuro de este colectivo, aunque reconoce que España carece de medidas efectivas para sancionar y evitar el abuso de la temporalidad en la Administración.

El Abogado General, Rimvydas Norkus, admite que la fijeza en el empleo público español debe obtenerse a través de un proceso selectivo u oposición, conforme a los principios de igualdad, mérito y capacidad. Sin embargo, abre la puerta a que el Supremo determine la conversión en fijos de aquellos empleados que hayan sufrido abuso de contratos temporales, al considerar que la normativa española no dispone de sanciones ni mecanismos disuasorios suficientes para frenar esta práctica.

Esta decisión es crucial, ya que lo que establezca el Supremo servirá de referencia obligada para todas las futuras sentencias en España. Actualmente, existen numerosos casos paralizados en distintos tribunales a la espera de esta resolución. Hasta ahora, el Supremo se ha mostrado contrario a declarar fijos automáticamente a los empleados en situación de abuso de temporalidad.

En sus conclusiones, Norkus propone que el TJUE confirme que el Acuerdo Marco europeo sobre trabajo de duración determinada no se opone a que España limite el acceso a la fijeza por oposición, siempre que existan otras medidas efectivas para prevenir los abusos. Pero aclara que no parece que dichas medidas existan en el ordenamiento español. De ahí que quede abierta la posibilidad de que el Supremo reconozca la fijeza en determinados casos, como una vía para compensar la falta de sanciones reales.

El Abogado General recuerda además que el TJUE nunca ha exigido a los Estados miembros otorgar la condición de funcionario o trabajador fijo en el sector público sin superar los procesos selectivos establecidos. No obstante, advierte de que si un país no aplica sanciones efectivas frente al abuso de contratos temporales, podría ser necesario recurrir a la conversión en fijos como medida compensatoria.

Estas conclusiones responden a una cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Supremo español, que preguntó si la actual interpretación judicial española -que niega la fijeza a los empleados públicos indefinidos no fijos- es compatible con el Derecho europeo. El Alto Tribunal también pidió aclarar si la indemnización económica que se concede cuando estos trabajadores pierden su puesto -tras cubrirse la plaza mediante oposición- puede considerarse una sanción suficiente para evitar el abuso de la temporalidad.

En esencia, el dictamen de Norkus no impone la conversión automática en fijos, pero cuestiona la falta de medidas efectivas en España para prevenir y sancionar los abusos. Esto deja abierta la posibilidad de que el Tribunal Supremo español tenga que redefinir su postura sobre el futuro de cientos de miles de empleados públicos temporales.

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