(Expansión, 02-09-2026) | Fiscal

Cada año, cuando se acerca el cierre del ejercicio, muchas empresas se encuentran con una situación recurrente al preparar el Impuesto sobre Sociedades: descubren que podrían haber reducido de forma considerable su carga fiscal si algunas decisiones se hubieran adoptado con mayor antelación.

Para entonces, sin embargo, la capacidad de maniobra suele ser muy limitada y determinadas oportunidades de ahorro ya no pueden aprovecharse. En muchos casos, el problema no está en la falta de incentivos o instrumentos fiscales, sino en no haber planificado con tiempo. Las empresas españolas disponen de distintas alternativas para optimizar su tributación, pero su aprovechamiento exige un estudio previo y coordinado que debe realizarse antes de que finalice 2026.

Jordi Moliné, sénior manager del área fiscal de Allyon ETL, recuerda que la planificación fiscal debe comenzar antes del cierre del ejercicio y no cuando el asesor ya está elaborando la declaración. Entre los primeros aspectos que conviene analizar se encuentran las deducciones vinculadas a las actividades de Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica (I+D+i).

Este tipo de incentivos puede aplicarse a proyectos desarrollados habitualmente por pymes de numerosos sectores, desde la modernización de procesos productivos hasta la incorporación de inteligencia artificial, la automatización de operaciones logísticas o la creación de nuevos productos. En determinados casos, las deducciones pueden llegar al 42% de la inversión efectuada. Según Moliné, cada vez son más las pequeñas y medianas empresas que llevan a cabo iniciativas susceptibles de beneficiarse de estos incentivos sin saberlo, por lo que recomienda revisar la actividad desarrollada durante todo el año desde una perspectiva fiscal antes de que termine el ejercicio.

Otra alternativa que ha adquirido relevancia es la financiación de producciones audiovisuales y espectáculos en vivo, una opción que ya no se limita a compañías vinculadas al sector cultural. Cuando se estructura correctamente mediante los correspondientes contratos de financiación y se cumplen las exigencias legales, las empresas participantes pueden beneficiarse de las deducciones fiscales que les transfiere el productor, con un retorno que puede alcanzar el 20% de las cantidades aportadas.

El experto de Allyon ETL destaca que todavía existe la percepción de que este mecanismo está reservado a grandes patrimonios o grupos empresariales, cuando también puede encajar en la planificación fiscal de determinadas pymes, especialmente cuando sus características y situación de tesorería lo permiten.

Las donaciones constituyen otra vía que puede tener un impacto favorable en la tributación empresarial. Las cantidades entregadas a fundaciones, asociaciones declaradas de utilidad pública y otras entidades acogidas a regímenes fiscales específicos pueden generar deducciones en la cuota del impuesto que, dependiendo de las circunstancias y de la continuidad de las aportaciones, pueden llegar al 50% de las cantidades donadas.

En ocasiones, las empresas efectúan estas contribuciones por razones de responsabilidad social o reputación corporativa, pero no prestan suficiente atención a sus efectos fiscales. Por ello, resulta recomendable revisar estas operaciones antes del cierre del ejercicio para asegurarse de que el beneficio tributario se aplica correctamente.

También conviene analizar las inversiones efectuadas durante el año en ámbitos como la digitalización, la adquisición de maquinaria o la renovación de equipos de oficina y ponerlas en relación con la política de amortizaciones de la compañía. En muchas empresas, estos criterios permanecen sin cambios durante años simplemente porque nunca se han revisado. Esta falta de actualización puede hacer que se desaprovechen posibilidades de reducir la base imponible y mejorar la liquidez sin necesidad de modificar la actividad habitual del negocio.

A estas medidas hay que añadir el control de los créditos fiscales acumulados de ejercicios anteriores, entre ellos las bases imponibles negativas pendientes de compensar y las deducciones generadas que todavía no se hayan podido aplicar. Llevar un seguimiento adecuado de estos importes permite evitar que se desaprovechen derechos fiscales y facilita su utilización antes del cierre de 2026, reduciendo la factura tributaria sin tener que realizar nuevas inversiones.

En definitiva, la principal diferencia entre una planificación fiscal eficaz y una gestión limitada al cumplimiento de las obligaciones tributarias está en actuar con suficiente antelación. Analizar la situación fiscal cuando el ejercicio ya está prácticamente terminado reduce considerablemente las alternativas disponibles, mientras que una revisión previa permite identificar y aplicar con tiempo las medidas que pueden contribuir a reducir la carga tributaria.

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