(La Vanguardia, 12-03-2026) | Fiscal
La Comisión Europea ha decidido este miércoles denunciar a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por no haber incorporado a su normativa interna, dentro del plazo establecido, dos directivas comunitarias vinculadas al IVA. Una de ellas introduce varias modificaciones, entre las que destaca la posibilidad de que los Estados miembros liberen de este impuesto a los trabajadores autónomos con una facturación anual de hasta 85.000 euros. Bruselas, además, pedirá que se impongan sanciones económicas al considerar que el incumplimiento se mantiene pese a las advertencias previas.
Los países de la Unión Europea tenían de plazo hasta el 31 de diciembre de 2024 para adaptar su legislación a estas dos normas. Ante la ausencia de avances, la Comisión activó el procedimiento de infracción enviando a España una carta de emplazamiento el 31 de enero de 2025 y, más adelante, un dictamen motivado en julio del mismo año. No obstante, según indica el Ejecutivo comunitario, España continúa sin comunicar la transposición completa de ambas directivas y es el único Estado miembro que todavía no lo ha hecho.
Una de estas normas introduce cambios en el sistema del IVA aplicable a las pequeñas empresas. Su objetivo es reducir los trámites administrativos y los costes derivados del cumplimiento fiscal para pymes y autónomos, además de facilitar la supervisión por parte de las autoridades tributarias. Entre las medidas previstas se incluye la posibilidad de fijar un límite de facturación anual -de hasta 85.000 euros- por debajo del cual pequeñas empresas y trabajadores por cuenta propia podrían quedar exentos de aplicar el impuesto. Esto implicaría no tener que incluir el IVA en sus facturas ni presentar las declaraciones periódicas relacionadas con este tributo.
La Comisión señala en un comunicado que "España ha indicado que no prevé aplicar la exención del IVA para las pymes contemplada en la directiva, ya que su adopción es voluntaria para los Estados miembros". Sin embargo, Bruselas subraya que, aunque esta medida sea opcional, sí se espera que España incorpore las disposiciones que permiten a las pequeñas empresas establecidas en el país beneficiarse de ese régimen de exención cuando operen en otros Estados miembros. Para ello, una empresa española que quiera acogerse a la exención en otro país de la UE debe registrarse previamente ante las autoridades nacionales.
Desde el Ministerio de Hacienda explican que el Gobierno ha incorporado recientemente una enmienda durante la tramitación de otra directiva -la conocida como DAC 8- con el fin de adaptar la normativa española al régimen especial para pequeñas empresas.
Esa modificación introduce una disposición adicional en la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido que regula la posibilidad de que empresarios o profesionales establecidos en España puedan acogerse al sistema de franquicia del IVA cuando desarrollen su actividad en otros Estados miembros. Para ello deberán comunicar previamente a la Agencia Tributaria, por vía electrónica, su intención de aplicar ese régimen en el país correspondiente.
La propuesta del Ministerio establece que podrán beneficiarse de este mecanismo aquellos negocios cuyo volumen anual de operaciones en toda la Unión Europea no supere los 100.000 euros. Además, detalla cómo debe calcularse esa cifra, incluyendo el total de entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas en el conjunto de la UE durante el año natural, sin contar el IVA ni, en su caso, el recargo de equivalencia. No obstante, la enmienda no menciona la posible exención para empresas con ingresos de hasta 85.000 euros, lo que sugiere que el Gobierno no tiene previsto implantarla en España.
La Comisión Europea también advierte de que la falta de adaptación de la normativa española en lo relativo al lugar de prestación de los servicios puede generar problemas como la doble imposición o, por el contrario, situaciones en las que no se pague el impuesto. Esto se debe a que los otros 26 países de la UE sí han incorporado ya estas reglas y aplicarán criterios distintos.
La organización de autónomos ATA reclamó hace meses a Bruselas que actuara contra España por no aplicar estos cambios. Según la entidad presidida por Lorenzo Amor, la falta de iniciativa legislativa provoca que la mayoría de los autónomos españoles no puedan acogerse a un régimen simplificado del IVA y deban cumplir las mismas obligaciones formales que las grandes empresas. Por su parte, el líder del Partido Popular, Alberto Núñez Feijóo, anunció en octubre que, si llega al Gobierno, impulsará una medida para eximir del IVA a los autónomos que facturen hasta 85.000 euros al año, una propuesta inspirada precisamente en esta directiva europea.