(El País, 19-10-2026) | Mercantil, civil y administrativo
A partir de este sábado, 17 de octubre, las llamadas de carácter comercial contarán con una nueva numeración identificativa en España que dará comienzo por el prefijo 400. Las compañías que realicen contactos telefónicos para publicitar servicios, ofertar productos o captar nuevos clientes estarán obligadas a emplear números que inicien con estas tres cifras, reservadas expresamente para esta modalidad de comunicación. El objetivo primordial radica en que los usuarios puedan reconocer la naturaleza de la llamada antes de descolgar el terminal y resolver libremente si desean responderla.
La iniciativa introduce una novedad práctica en la gestión del teléfono cotidiano. Hasta el momento, las comunicaciones destinadas a comercializar tarifas de telecomunicaciones, ofertas energéticas o pólizas de seguro se mostraban bajo números móviles o de tarificación geográfica ordinarios, imposibilitando conocer la finalidad del contacto previo a la contestación. La implantación del rango 400 posibilitará diferenciar de forma clara la actividad comercial frente a las llamadas orientadas al soporte técnico, la gestión de incidencias o la atención habitual al cliente.
La normativa queda encuadrada dentro de la Ley de Servicios de Atención a la Clientela y se integra en el conjunto de medidas gubernamentales para atajar el fraude telefónico y las estafas mediante mensajes de texto. La ordenación persigue incrementar la transparencia del sistema y ofrecer al ciudadano instrumentos directos para verificar la identidad y el motivo de los emisores.
La numeración de nueve dígitos no responderá a una centralita única, sino que se distribuirá en bloques asignados a las distintas entidades para sus campañas salientes. Además, el rango 400 estará habilitado únicamente para la emisión de llamadas y no para la recepción de estas, de modo que si un usuario detecta una llamada perdida iniciada por esta combinación, no podrá devolver la comunicación por esa misma vía.
Los usuarios dispondrán de la posibilidad de solicitar a su operadora de telecomunicaciones el bloqueo íntegro de la recepción de llamadas procedentes del bloque 400. Esta alternativa, que dependerá de la tramitación directa del cliente con su proveedor de servicios, evitará la necesidad de filtrar de manera individual cada número desde el propio dispositivo móvil. Asimismo, los contactos comerciales que se efectúen sin utilizar este prefijo legalmente establecido podrán ser objeto de denuncia por parte de los consumidores ante la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia o ante la Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones.