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Gabinete Asesor Fernandez, S.L. inicia sus actividades el año 1972, orientando su actividad a la asesoría de la pequeña y mediana empresa. Nuestro equipo de profesionales garantiza en todo momento un trato humano y directo que nos permite cumplir con nuestro principal objetivo que es ofrecer un servicio personalizado, ágil, completo y de calidad.

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(Expansión, 13-05-2026)

La Inspección tributaria pone la lupa sobre los neobancos y las plataformas de activos digitales

La Agencia Tributaria (AEAT) se ha marcado para este año una meta prioritaria: acabar con las barreras digitales que aún permiten esconder patrimonio en el extranjero. Según las directrices del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero, el organismo prepara un importante despliegue tecnológico en el que la inteligencia artificial y la supervisión de la nueva banca digital tendrán un papel central. El mensaje de Hacienda es claro: la opacidad en el entorno digital tiene los días contados. El control ya no se limita a las cuentas tradicionales en paraísos fiscales, sino que se amplía a neobancos y plataformas de activos digitales, instrumentos que, según el plan, se utilizan cada vez más para ocultar rentas o blanquear capitales bajo una apariencia de anonimato. Entre las principales novedades del plan de 2026 figura la ofensiva contra las cuentas abiertas en entidades financieras digitales y neobancos. La Agencia Tributaria considera que muchos de estos operadores, que actúan mediante licencias de terceros o bajo regímenes de libre prestación de servicios, están sirviendo para esconder patrimonio y rentas fuera de España. Para hacer frente a esta situación, Hacienda se apoyará en la transposición de la directiva europea DAC8, que permitirá acceder de forma automática y detallada a información sobre dinero electrónico y monedas digitales emitidas por bancos centrales. El control será continuo y sistemático: el Fisco prevé disponer mensualmente de datos sobre titularidad de cuentas bancarias, así como un seguimiento exhaustivo de ingresos procedentes de TPV, tarjetas y pagos vinculados a teléfonos móviles. La intención de la Agencia Tributaria es cerrar cualquier posible vía de escape a través de plataformas digitales. Las entidades de pago y de dinero electrónico deberán facilitar información que hasta ahora quedaba en un espacio regulatorio difuso, lo que permitirá cruzar datos en tiempo real y detectar diferencias entre el nivel de gasto de un contribuyente y los ingresos declarados. La vigilancia sobre grandes patrimonios y fiscalidad internacional seguirá siendo otro de los ejes prioritarios. Hacienda endurecerá el control sobre quienes simulan residir fuera de España o en comunidades autónomas con menor carga fiscal para evitar tributar por IRPF o Patrimonio. Para ello, la AEAT recurrirá a herramientas de trazabilidad blockchain y al análisis masivo de datos mediante big data. El objetivo es desmontar estructuras de planificación fiscal agresiva y detectar sociedades instrumentales o pantalla utilizadas para desviar fondos al exterior o sufragar gastos personales con dinero opaco. También se reforzará el control sobre los activos situados fuera de España. Modelos informativos como el 721, destinado a declarar criptoactivos en el extranjero, serán esenciales para alimentar las bases de datos de Hacienda. La intención es que cualquier activo, desde inmuebles de lujo hasta carteras de criptomonedas depositadas en exchanges internacionales, quede plenamente identificado ante la Administración. El plan de control tributario para 2026 se apoya además en la capacidad de análisis de la inteligencia artificial. La Agencia Tributaria consolidará el uso de sistemas de IA para seleccionar deudores y detectar riesgos fiscales. A través del análisis posterior de la información, estos sistemas podrán identificar entramados societarios bajo un mismo control creados para vaciar patrimonios y esquivar deudas tributarias. En materia de blanqueo de capitales, la cooperación internacional se intensificará. Hacienda estrechará su colaboración con organismos como el Sepblac y Europol para seguir de cerca nuevas fórmulas de lavado de dinero que aprovechan la rapidez y alcance global de los neobancos. El control también se extenderá a sectores en expansión como el comercio electrónico y el mercado inmobiliario, considerados especialmente sensibles a la entrada de capitales de origen dudoso. Con estas medidas, España se alinea con las políticas de transparencia impulsadas por la OCDE y la Unión Europea. El nuevo plan de control tributario refleja cómo la tecnología ha dejado de ser un refugio para la opacidad y se ha convertido en una de las principales herramientas de inspección fiscal. Para los contribuyentes con bienes en el extranjero o usuarios habituales de plataformas financieras digitales, el escenario cambia de forma sustancial: Hacienda no solo dispone ya del respaldo legal para reclamar información, sino también de herramientas tecnológicas capaces de anticiparse y detectar irregularidades antes incluso de iniciar una comprobación formal. El cerco sobre los llamados paraísos digitales es cada vez más estrecho.

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(Expansión, 13-05-2026)

Hacienda obliga a los nuevos propietarios a pagar deudas fiscales previas de la comunidad

La Dirección General de Tributos (DGT) ha fijado un nuevo criterio con importantes consecuencias para las operaciones inmobiliarias en España. El organismo considera que quien compra un inmueble y pasa a formar parte de una comunidad de propietarios responde solidariamente de las deudas tributarias de esa comunidad, incluso aunque dichas obligaciones fiscales se hubieran generado antes de la adquisición. Hasta ahora, el mercado manejaba una interpretación más protectora para el comprador. Sin embargo, la DGT sostiene que la responsabilidad solidaria prevista en el artículo 42.1.b) de la Ley General Tributaria (LGT) afecta a cualquier integrante de la comunidad de propietarios, sin importar cuándo se originaron las deudas tributarias cuya derivación reclama Hacienda. El criterio tiene especial relevancia en ámbitos como el de los centros comerciales, donde las comunidades de propietarios suelen desarrollar actividades económicas, por ejemplo mediante el alquiler de zonas comunes o aparcamientos. Según explican Ricardo García-Borregón y Emma Sevajol, del área de Derecho Financiero y Tributario de Ashurst, la cuestión era clave para determinar si un comprador podía acabar asumiendo "contingencias históricas" detectadas por la Agencia Tributaria tras una inspección o procedimiento de revisión. La DGT apoya su interpretación en principios del Código Civil, al entender que formar parte de una comunidad implica asumir tanto derechos como obligaciones. De este modo, cuando se produce la sustitución de un propietario, el nuevo adquirente se incorpora a la comunidad en función de la cuota adquirida y, con ello, acepta también las cargas asociadas a esa posición. Para los especialistas de Ashurst, este cambio de criterio genera incertidumbre. Consideran discutible que se utilicen argumentos propios del ámbito civil para justificar una responsabilidad tributaria que, a su juicio, debería regirse por criterios autónomos. Además, advierten de que esta interpretación puede acarrear efectos especialmente gravosos para el comprador, situándolo en una posición de mayor vulnerabilidad incluso que quien adquiere una empresa. A diferencia de lo que sucede en las transmisiones de negocios o actividades económicas, donde el adquirente puede solicitar a Hacienda un certificado que limite o excluya su responsabilidad futura, ese mecanismo de protección no existe en el caso de las comunidades de propietarios. Esto deja al inversor expuesto a posibles deudas fiscales desconocidas y generadas por terceros antes de la compra. Con este nuevo escenario, la prudencia pasará a ser un elemento esencial en cualquier operación inmobiliaria. El criterio obligará a llevar a cabo procesos de due diligence fiscal mucho más exhaustivos sobre la comunidad de propietarios y sobre todos los ejercicios no prescritos, en lugar de limitarse únicamente al inmueble concreto objeto de adquisición. Los expertos alertan además de que esta nueva doctrina tendrá un impacto directo en la duración y el coste de las transacciones. Los compradores se verán forzados a reforzar su protección mediante cláusulas contractuales de reembolso o recurriendo a seguros de manifestaciones y garantías (W&I) para cubrir riesgos fiscales que hasta ahora no se contemplaban en este tipo de operaciones.

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