(Expansión, 23-03-2021) | Sector

El Supremo aboga por acabar con la ´´pena del banquillo´´ para reforzar la presunción de inocencia

El Tribunal Supremo ha abogado en una reciente sentencia por acabar con la "escenografía tradicional" del banquillo para que los acusados puedan situarse junto a su abogado, como una forma de garantizar los derechos a la presunción de inocencia y a la defensa, dado que las cuestiones escénicas "pueden adquirir una relevancia muy significativa". La sala de lo penal se ha pronunciado así en un fallo emitido el pasado 24 de febrero en el que condenó a un agente de Policía Local por un delito de descubrimiento y revelación de secretos cometido por funcionario público, si bien le rebajó la pena de 3 años y 7 meses a 2 años de cárcel, al estimar algunos de los argumentos que esgrimía en su recurso de casación. Entre otras cosas, el agente alegó que se había vulnerado su derecho a la defensa porque el tribunal que le juzgó le impidió que durante la vista oral se sentara junto a su abogado en el estrado, obligándole a permanecer en el banquillo de los acusados, a pesar de que en este caso lo podía haber hecho en su condición de letrado, para lo cual el Colegio de Abogados de Burgos le había dado una habilitación especial. Los magistrados han entendido que este motivo de impugnación es una "cuestión relevante" porque "del modo en que se desarrolle el juicio oral depende en buena medida que se alcance el nivel de efectiva garantía de los derechos fundamentales que conforman la idea del proceso justo y equitativo". Han explicado que "en la audiencia del juicio se toman un número muy significativo de decisiones que no giran solo sobre las reglas de desarrollo del debate o de producción de los medios de prueba", sino que "también se adoptan decisiones que inciden en las condiciones comunicativas, simbólicas o escénicas en que aquel se desenvuelve", destacando "la profunda relación que existe entre la justicia sustancial de la decisión final y el modo en que se haya desarrollado el rito que la precede". Por ello, han razonado, "cuestiones escénicas como las de la ubicación de las partes en la sala de justicia, la posición en la que deben participar o los mecanismos de aseguramiento de las personas que acuden como acusadas pueden adquirir una relevancia muy significativa". Los magistrados han criticado que "muchas salas de justicia responden, originariamente o por inercia, a una concepción histórica determinada y, sobre todo, a una plasmación de un imaginario simbólico que no se ajusta de la mejor manera posible a las exigencias constitucionales y convencionales de garantía del derecho a un proceso justo y equitativo". Un ejemplo "muy claro" de ello es la ubicación del acusado en el juicio, han indicado, lamentando que "nuestra escenografía tradicional, en la que sigue presente el banquillo, parece responder a una suerte de regla consuetudinaria que vendría a cubrir la ausencia de precisa regulación en la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim) sobre dónde debe situarse la persona acusada", ya que solo se refiere al lugar reservado para ella. "Ese ignoto ´´lugar reservado para la persona acusada´´ suele situarse, sin norma que lo justifique, de frente al tribunal, a las espaldas, por tanto, del espacio de práctica probatoria y, con no menos frecuencia, a una distancia insalvable del abogado defensor", de modo que el acusado "suele ser el único partícipe del proceso que no puede visualizar la expresión y el rostro de los testigos y peritos que deponen en el acto del juicio", han ilustrado. La sala de lo penal ha considerado que "esa ´´deslocalización´´ de la persona acusada puede transmitir una imagen estigmatizante, poco compatible con su condición de persona inocente, confirmatoria de lo que ha venido a denominarse por la sociología jurídica como una predicción social creativa de culpabilidad que, por lo demás, siempre acecha en los procesos penales". Además, ha alertado de que "la distancia insalvable respecto del abogado defensor puede afectar también a las condiciones que deben garantizar la mayor eficacia del derecho de defensa", subrayando que su contenido esencial en el acto del juicio no debe limitarse a la "heteroasistencia defensiva".

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(Cinco Días, 23-03-2021) | Sector

Los abogados se quejan de la falta de homogeneidad entre juzgados a la hora de los juicios telemáticos

La necesidad creciente de trabajar de manera no presencial ha acelerado un proceso de digitalización antes latente y que ahora avanza de manera inexorable, si bien lenta y para algunos insuficiente. Palabras antes extrañas como Zoom, Teams o webinar son ahora el pan de cada día de jueces, abogados y otros profesionales jurídicos, que han tenido que actualizar sus modus operandi sobre la marcha. No es que lo telemático no existiera antes; simplemente ha cobrado una relevancia inusitada para evitar los riesgos de contagio de covid-19 y, de paso, ahorrar costes y molestias. Recuerda, por ejemplo, Alfonso Peralta, juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Roquetas de Mar (Almería), que ya antes de la pandemia tomaba declaraciones por videoconferencia, pero ahora “se ha hecho indispensable para los reconocimientos judiciales de incapacitados e internamientos”, así como “para trámites judiciales de poco tiempo y no muy complejos, como audiencias previas en juicios civiles”. Según Vicente Magro, magistrado de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, puede decirse que “la apuesta por los juicios telemáticos es una realidad”, que además ya está “optimizando de una forma exponencial el rendimiento” en las salas o las deliberaciones de los órganos colegiados, que al poder deliberar a distancia “han agilizado la respuesta de la sentencia”, su firma y su notificación. Para los letrados, esta batería de medios también se ha convertido “en una herramienta fundamental y esencial” que, en opinión de Lara Ruiz, abogada procesal del bufete Allen & Overy, ha aumentado la eficiencia sin conllevar “una pérdida de cercanía”. No obstante, el auge de estas herramientas no ha venido exento de sombras. Las quejas se dirigen sobre todo a su inconsistente uso en sus juzgados, que según Ruiz han dado una respuesta “muy dispar”. Beatriz Gil, abogada y profesora en el Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona, asevera que los avances en las salas están “encalladísimos” y que hay jurisdicciones donde las actuaciones telemáticas “son prácticamente inexistentes”, a lo que se suma, denuncia, la debilidad de las medidas anticovid. Esta abogada considera además que las vistas telemáticas no están funcionando, porque realmente “la sala se constituye presencialmente” señala. En su opinión, existe cierta “resistencia al cambio” en la administración de justicia e incluso “falta de voluntad política”. Un problema que también se da en algún sector de la abogacía, al que califica “negacionista”, que rechaza los cambios. Y es que, “no se dan las mismas garantías al arrebatar al letrado la posibilidad de ver y escuchar todo lo que pasa en la sala, quedando limitado a lo que muestra la pantalla”, apunta Gil. Es evidente que no todo son ventajas en el mundo telemático. Alfonso Peralta indica, por ejemplo, que al perderse el “elemento humano” se resiente la capacidad para mediar y que las partes lleguen a un acuerdo extrajudicial. Dentro del aparato judicial se reconocen las deficiencias. El juez Peralta admite que ha habido una adopción “precipitada” de las nuevas formas de trabajar, y que se ha hecho “sin contar con los usuarios y profesionales”, derivando en inconvenientes como “problemas de conexión habituales o falta de formación por profesionales judiciales”. Es indudable que los cambios, en ocasiones, provocan “rechazo”, por lo que, según Peralta, su implantación en los juzgados ha dependido en gran medida “de la buena fe y voluntad de adaptación de abogados y procuradores”, que en general califica de “muy buena”. A pesar de los problemas, está claro que el uso de estas herramientas ha llegado a la justicia para quedarse. La abogada Lara Ruiz confía en que se mantengan definitivamente al menos “para trámites sencillos y puramente procedimentales”. Por su parte, Beatriz Gil señala que, aunque a su juicio se ha perdido el primer tren para acometer una modernización realmente ambiciosa de la justicia, al menos “se ha abierto un debate” del que, a buen seguro, se seguirá hablando en adelante.

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(Cinco Días, 18-03-2021) | Sector

El ICJCE celebra el nuevo reglamento de auditoría ante la oleada de insolvencias empresariales

El Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España (ICJCE) ha celebrado la aprobación del nuevo reglamento de auditoría, que introduce novedades en la realización de los trabajos de verificación de cuentas, para hacer frente a un entorno con mayor riesgo para el sector derivado de problemas en la continuidad de las empresas, valoración de activos y riesgo de fraude como consecuencia de la pandemia. El presidente de la patronal, Ferrán Rodríguez, acompañado por la subsecretaria de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Amparo López Senovilla, y el presidente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), Santiago Durán, participaron en una jornada sobre el nuevo reglamento de auditoría, que dio a conocer los elementos clave de esta norma que marcará los próximos años en el trabajo de los auditores. De esta forma el ICJCE se abrió a colaborar con el Gobierno y el regulador para facilitar el cumplimiento de los nuevos requisitos por parte de la profesión y continuar promoviendo la mejora de la calidad de sus trabajos. La aprobación del nuevo reglamento pone fin a un largo proceso de reformas legislativas. En este sentido, Ferrán Rodríguez se mostró satisfecho porque “se ha completado el proceso de adaptación legislativa al marco europeo, desarrollando la Ley de Auditoría de 2015. Adaptarnos a las nuevas normas es todo un reto que abordamos como una nueva oportunidad para seguir mejorando nuestros niveles de calidad e independencia. Ese es nuestro firme propósito y la forma en que pensamos que hay que trabajar los próximos meses”. Y es que, en 2021 los auditores llevarán a cabo sus trabajos en un entorno especialmente difícil debido a la coyuntura económica, que está generando un incremento en los riesgos de fraude y de ruptura del principio de empresa en funcionamiento. Estos riesgos constituyen los principales retos a los que se enfrentan los auditores en los trabajos que desarrollarán en 2021. El nuevo reglamento promueve un marco normativo sobre independencia más exigente. De esta forma, desarrolla conceptos introducidos por la Ley de Auditoria de 2015 como el de participación en la gestión o toma de decisiones o el de conflictos de intereses e introduce nuevas obligaciones y detalles en el proceso de análisis de amenazas y medidas de salvaguarda, y en el funcionamiento de las comisiones de auditoría. También desarrolla determinadas incompatibilidades, como las que deben aplicarse a ciertas extensiones y aspectos relacionados con honorarios de auditoría. Uno de los aspectos más relevantes del nuevo reglamento está en materia de digitalización de sociedades de auditoría. La comunicación con el supervisor, los sistemas de control interno de las firmas, los papeles de trabajo de los auditores y muchos otros aspectos del día a día de los profesionales de la auditoría tendrán que realizarse en un porcentaje muy elevado en formato electrónico. El presidente del ICJCE consideró que “uno de los elementos más positivos del nuevo reglamento es que su diseño nos acerca cada vez más a unas empresas auditoras y a unos trabajos prácticamente 100% digitales”. También valoró positivamente el efecto que tendrán los avances tecnológicos que el sector está promoviendo en la atracción del mejor talento.

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(Cinco Días, 17-03-2021) | Sector

Anulado un juicio porque el abogado tuvo que aislarse por un posible contacto Covid

La Audiencia Provincial (AP) de Valencia ha anulado un juicio porque el abogado de la parte demandada tuvo que aislarse días antes de la vista por haber tenido contacto con un posible positivo de Covid. El tribunal considera que se infringió el artículo 188 de la Ley Enjuiciamiento Civil, que fija la suspensión de las vistas por, entre otros motivos, la imposibilidad absoluta de alguno de los letrados. La AP entiende que, al no suspender el proceso, el juzgado causó una indefensión ante la parte que representaba el letrado (la demandada), “ya que no pudo intervenir en toda la prueba practicada ni efectuar las conclusiones”. Según recoge el fallo, el juicio, una reclamación de cantidades, tuvo lugar el 5 de marzo de 2020, días antes de que se decretara el estado de alarma. El letrado no pudo acudir a la vista porque la tarde anterior su esposa había sido internada en un hospital ante la posibilidad de contagio de Covid. Los médicos ordenaron al abogado que guardase aislamiento social preventivo en su domicilio y así lo comunicó al juzgado para anular la vista. De hecho, aportó certificados médicos que lo acreditaban. No obstante, el juez rechazó suspender la vista al considerar que no concurría la causa de imposibilidad absoluta porque no era el letrado el que mostraba síntomas de la enfermedad, y falló en contra de la parte demandada. La AP critica esta decisión y señala que exigir que el abogado sea el enfermo para poder anular el proceso “es desconocer las normas de seguridad sanitaria, ampliamente difundidas, para afrontar la crisis sanitaria”. En este sentido, recuerda que cuando tuvo lugar el juicio, ya era notoria la expansión del brote epidémico y se habían adoptado medidas de prevención de contagios, por lo que exigir la presencia del abogado “atentaría contra la más elemental norma de prudencia sanitaria”. Por tanto, los magistrados confirman que concurre la causa de suspensión del juicio que prevé el artículo 188 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que permite el aplazamiento de vistas por imposibilidad absoluta de alguno de los letrados. Al no aceptar la petición del abogado, la Sala determina que el juzgado infringió una noma procesal esencial, por lo que decreta la anulación de la vista y ordena a las partes que repitan el juicio.

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(Expansión, 16-03-2021) | Sector

La comisión de Justicia aprobará la proposición de ley para la reforma del Registro Civil

La comisión de Justicia del Congreso de los Diputados tiene previsto aprobar con competencia legislativa plena la proposición de ley del PSOE de reforma del Registro Civil, que tiene el apoyo de la práctica totalidad de grupos parlamentarios y supondrá la supresión de los juzgados que han venido ejerciendo estas funciones y su sustitución por las denominadas oficinas generales de Registro Civil, a cargo de funcionarios públicos. La ley pone fin a la vacatio legis de la norma ya reformada en 2011 que cumplía el próximo 30 de abril a falta tan sólo de su paso por el Senado, con que el objetivo de que pueda ser publicada en BOE a finales del mes de abril, han señalado a Europa Press fuentes del grupo parlamentario socialista, proponente del texto de la reforma. En el debate de la toma en consideración de la norma, celebrado el pasado mes de septiembre, avanzaron su voto en contra JxCat y Vox. Desde entonces, y en el plazo de enmiendas, el PP propuso varias dirigidas a otorgar la nacionalidad española a más de 200.000 hijos y nietos de emigrantes españoles, si bien éstas no entrarán finalmente en el debate al ser vetadas por el Gobierno, que goza de dicha facultad en la fase de ponencia cuando las propuestas supongan incremento de gasto. La reforma legal está dirigida "preservar la naturaleza del Registro Civil como un servicio público y gratuito" y, para ello, frente de cada Oficina General del Registro Civil estará un Encargado del Registro Civil, que ejercerá sus cometidos bajo la dependencia funcional de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública. Ello conllevará que, a la fecha de entrada en vigor de esta ley queden suprimidos los Juzgados que, de forma exclusiva, han venido ejerciendo funciones de Registro Civil y el Registro Civil Central y, en su lugar, se crean oficinas generales de Registro Civil y la Oficina de Registro Civil Central". Además, el PSOE propone que puestos de trabajo de las oficinas del Registro Civil solo puedan ser cubiertos por personal de los cuerpos generales de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia, que se ordenarán de acuerdo con lo establecido en las correspondientes relaciones de puestos de trabajo. De este modo, el PSOE propone aprovechar la experiencia de los empleados públicos a cargo de su Ilevanza para la implementación del nuevo modelo del Registro Civil y la culminación del mismo en la fecha de entrada en vigor y, muy especialmente, "respetar de forma escrupulosa y completa sus derechos y sus expectativas profesionales durante el periodo de implantación del nuevo Registro". La entrada en vigor de la actual Ley, que data de 2011, fue sufriendo sucesivos aplazamientos, ya que, si inicialmente se estableció que la misma se produciría a los tres años de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, es decir el 22 de julio de 2014, posteriormente han sido necesarios periodos adicionales por las diferentes vicisitudes acaecidas a lo largo de este tiempo. Ahora se pretende que la entrada en vigor se produzca en la última fecha prevista de 30 de abril de 2021, sin ulteriores aplazamientos; "ya que una institución de la importancia del Registro Civil para todo el Estado español y que con su organización más moderna y eficiente va a presentar una enorme utilidad práctica para todos los ciudadanos y para la mejor prestación de los servicios públicos, justifica sobradamente el gran esfuerzo organizativo, tecnológico y económico que su implantación va a exigir", añade la exposición de motivos de la ley. Otros aspectos de la reforma van dirigidos a garantizar el acceso a todos los ciudadanos, con una red de oficinas dotada de servicios electrónicos, para proporcionar la necesaria cercanía a los usuarios del servicio registral. Para ello, se propone la apertura una Oficina General del Registro Civil en todas las poblaciones que sean sede de la capital de un partido judicial. Además, razón de la singular distribución de la población, por las características del territorio o en atención a las dificultades de acceso derivadas del carácter insular, por la administración pública competente en virtud de su localización se podrán crear Oficinas Generales adicionales mediante transformación de las existentes en los Juzgados de Paz. Del mismo modo, se propone que puedan agruparse oficinas generales para la mejor prestación de un servicio eficiente, en los casos en que se estime más conveniente, atendida la carga de trabajo, por la administración pública con competencias en ese territorio. El periodo de vacatio legis, según añade la exposición de motivos, "ha posibilitado el adecuado desarrollo de la plataforma digital adaptada al nuevo modelo, sobre la cual se inscribirán todos los hechos relativos al estado civil de las personas que deban acceder al Registro, se organizará la publicidad de la información registral en formato digital y se posibilitará el acceso telemático al mismo, respecto de los ciudadanos, mediante su identificación electrónica".

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(Cinco Días, 16-03-2021) | Sector

Los bufetes se refuerzan para asesorar en los fondos europeos de recuperación

Los bufetes ya están teniendo un papel activo en el asesoramiento jurídico a empresas y sector público por los fondos Next Generation, un negocio que se incrementará a medida que vayan llegando y distribuyéndose. Para José Amérigo, socio de regulatorio de PwC Tax and Legal, este asesoramiento puede traducirse, en primer lugar y fundamentalmente, en la “explicación de la arquitectura jurídica” que articula el sistema de ayudas a nivel europeo, nivel interno mediante el Real Decreto Ley 36/2020 y normativas autonómicas –como en Cataluña y Andalucía– aprobadas siguiendo la norma estatal. Otra vía de asesoramiento es la evaluación del impacto de las reformas normativas que incluya el inminente Plan español de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que necesitará la evaluación por las instituciones europeas como requisito previo para acceder a estos fondos. Tras la reciente entrada en vigor del Reglamento (UE) 2021/241, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, los diferentes Gobiernos europeos ya pueden hacer llegar sus planes a Bruselas. Miguel Gil-Tertre, jefe de unidad en el Recovery and Resilience Task Force de la Comisión Europea, asegura que “los desembolsos se irán realizando en función de los cumplimientos de los hitos o reformas programadas” por los Gobiernos. Amérigo también destaca como otro eje de negocio el apoyo del sector legal en los futuros procedimientos administrativos (contratación pública y subvenciones) para distribuir los fondos y llegar a la economía real. Según este abogado, las dudas generadas entre las empresas por las manifestaciones de interés impulsadas por varios ministerios también son frecuentes, además de las “consultas sobre las herramientas de colaboración público-privada y el régimen de las ayudas de Estado”. Todos los expertos coinciden en que los equipos de las consultoras y bufetes que asesoren en estos fondos han de ser necesariamente multidisciplinares. Aunque existe un componente jurídico-administrativo muy relevante y los equipos de derecho público tendrán un papel destacadísimo, Alberto Dorrego, socio de derecho público de Eversheds Sutherland, asegura que “todos los departamentos tendrán que estar involucrados” en este asesoramiento. De forma muy especial tendrán un papel fundamental lo departamentos de competencia (en todo lo referente a ayudas de Estado), corporate (para la estructuración de las relaciones contractuales, UTE, joint ventures y fórmu­las de integración de empresas colaboradoras) y, muy especialmente, las áreas de tecnología, medios y telecomunicaciones. También resultará absolutamente esencial que los despachos de abogados se abran a otras áreas profesionales no estrictamente jurídicas. En este sentido, Dorrego resalta como “fundamentales las áreas de consultoría de negocio y gestión de proyectos, que pueden ofrecer un apoyo integral a las empresas para prepararse y acceder a los fondos europeos”.

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(Expansión, 12-03-2021) | Sector

La justicia actúa para fomentar un lenguaje más accesible para los ciudadanos

La Real Academia Española (RAE), el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), la Fiscalía y el Ministerio de Justicia han aprobado un protocolo para fomentar un lenguaje jurídico moderno y accesible para los ciudadanos. A la firma han asistido el presidente del CGPJ, Carlos Lesmes; el ministro de Justicia, Juan Carlos Campo; la fiscal general del Estado, Dolores Delgado; y el director de la RAE, Santiago Muñoz Machado, además de otros representantes de instituciones jurídicas y académicas relevantes. En primer lugar, el protocolo prevé crear una comisión para la claridad y modernización del lenguaje jurídico para que después las instituciones participantes promuevan la firma de un convenio que concrete las actuaciones y compromisos, que dará paso a una segunda comisión, la cual ya se ocupará de dar seguimiento a lo establecido. Campo ha pedido ser ambiciosos con este proyecto, porque "el lenguaje jurídico tiene que jugar a favor de los derechos de los ciudadanos que se relacionan con la Justicia", como señala el derecho a comprender, recogido en la Carta de los Derechos de los Ciudadanos ante la Justicia de 2002. Por ello, ha abogado por "construir un lenguaje eficaz, que valore el uso comedido del lenguaje técnico y que no permita el abuso de un lenguaje plagado de sobreactuación y distanciado de la ciudadanía".

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(Expansión, 11-03-2021) | Sector

El Congreso aprobará mañana la reforma que limita las funciones del Poder Judicial

El pleno del Congreso de los Diputados votará este jueves la propuesta de PSOE y Unidas Podemos para reformar el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) de modo que no pueda hacer nombramientos discrecionales en la cúpula judicial una vez expirado su mandato. La previsión es que, tras su aprobación y su paso por el Senado, los cambios estén en vigor en el mes de abril. Se espera que los grupos parlamentarios sigan la estela de sus votaciones en la comisión de Justicia y que el pleno dé luz verde a la proposición de ley. Eso sí, al tratarse de una ley orgánica el PSOE y Unidas Podemos necesitarán reunir mayoría absoluta, 176 diputados. Después el texto pasará a Senado donde, también se intentará acelerar la tramitación para que la reforma pueda quedar aprobada en el plazo de un mes y así entrar en vigor con su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). El PSOE y Unidas Podemos presentaron su propuesta el pasado mes de diciembre, después de paralizar la tramitación parlamentaria de otra en la que directamente planteaban reducir a mayoría absoluta los 3/5 que exige la ley vigente para renovar el CGPJ, todo ello como una forma alternativa a la negativa del PP a negociar la renovación del órgano de gobierno de los jueces. Desde entonces, la propuesta de los socios de Gobierno ha ido superando todos los escollos en la Cámara Baja en una tramitación urgente acordada por la Mesa del Congreso, que también habilitó el mes de enero con este fin. La Comisión de Justicia la dejó vista para su aprobación definitiva el pasado 16 de febrero, donde se rechazaron las dos enmiendas de supresión que el PP mantenía vivas. El objetivo de la reforma, según el texto de la iniciativa legislativa, es "establecer el régimen jurídico aplicable al Consejo General del Poder Judicial cuando la composición del mismo no se renueve en el plazo establecido por la Constitución, abocando al órgano constitucional a continuar en funciones hasta su renovación". Para Podemos y PSOE, el hecho de que la Ley orgánica del Poder Judicial (LOPJ) no regule las funciones de un CGPJ caducado es una "laguna jurídica" que "constituye sin duda un déficit en el diseño constitucional del Estado que debe ser corregido". En concreto, proponen que un CGPJ vencido no pueda nombrar presidentes del Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional, los Tribunales Superiores de Justicia y las Audiencias Provinciales, entre otros cargos de la cúpula judicial. En cambio, plantean que conserve "aquellas facultades que resultan necesarias para garantizar el normal funcionamiento del órgano y no impliquen una injerencia en las legítimas atribuciones del Consejo entrante" para evitar la "parálisis" de la Justicia.

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(Expansión, 10-03-2021) | Sector

El Gobierno reforma el Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita para garantizar el pago mensual

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se reforma el Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita, modificando los plazos para el abono de los servicios al Turno de Oficio y estableciendo el pago mensual en el denominado territorio Ministerio. El reglamento que estaba vigente hasta ahora establecía el pago trimestral. El último impulso para materializar la modificación surgió a raíz de los problemas detectados en relación con el pago de los servicios prestados en tres meses, de noviembre del 2020 a enero de 2021. Aunque a lo largo del año pasado se habían venido asumiendo los pagos mensualmente de forma provisional, la aprobación de los Presupuestos Generales del Estado para 2021 había devuelto el funcionamiento a la situación ordinaria, cuyo reglamento establecía los pagos de forma trimestral. El Ministerio de Justicia informó a finales del pasado mes de enero al Consejo General de la Abogacía sobre su intención, ahora materializada, de proceder a modificar el aludido reglamento, de forma que se estableciese un nuevo plazo de pago de carácter mensual. Además, el propio Ministerio ha avanzado el inminente abono de los servicios del Turno de Oficio correspondientes a los últimos meses de noviembre, diciembre y enero. La reforma aprobada hoy establece el nuevo plazo mensual en el pago de la justicia gratuita prestada en las comunidades que todavía gestiona de forma directa el Ministerio de Justicia: Castilla y León, Castilla-La Mancha, Murcia, Baleares, Extremadura y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla. Además de una modificación del plazo, el Gobierno ha introducido en la reforma del Reglamento la creación del Consejo Estatal de Asistencia Jurídica Gratuita. En este nuevo órgano de coordinación estarán representados, además del propio Ministerio de Justicia y del Ministerio de Política Territorial, los consejos del Poder Judicial, la Abogacía, los Procuradores y las comunidades autónomas con competencias en la materia. El nuevo Consejo Estatal deberá reunirse al menos dos veces al año y tendrá como principal cometido establecer una evaluación y coordinación sobre el funcionamiento del sistema de Asistencia Jurídica Gratuita. Según el último Observatorio de la Justicia Gratuita, en 2019 se tramitaron en España casi dos millones de asuntos correspondientes a este servicio, marcando un récord histórico que se ha quebrado en 2020 como consecuencia de la pandemia, aunque todavía no se dispone de un balance oficial.

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(El Periódico, 04-03-2021) | Sector

El CGPJ retoma los nombramientos tras romperse la negociación

El pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) se reúne este jueves de manera extraordinaria con ocho nuevos nombramientos en agenda, rotas una vez más las negociaciones entre el PSOE y el PP para renovar un órgano que cumple dos años y tres meses en funciones. La semana pasada el presidente del CGPJ, Carlos Lesmes, decidió posponer los nombramientos a la espera de un acuerdo, pero ocho vocales forzaron su inclusión en el pleno. Finalmente, ante lo que parecía un pacto inminente, también estos aceptaron retrasar una semana ese punto. Pero socialistas y populares acabaron rompiendo las negociaciones al encontrar "escollos" que consideraron insalvables. El PP vetó a uno de los candidatos del Gobierno -el juez José Ricardo de Prada, que formó parte del tribunal del caso Gürtel- y el Ejecutivo cree que lo hace por haber realizado su trabajo, no por tener una determinada adscripción partidista, con lo que no acepta el veto. Bloqueada la negociación, los nombramientos vuelven a la mesa del CGPJ, a pesar de que los partidos que sustentan al Gobierno han criticado que siga ejerciendo esa competencia en funciones, con una composición que refleja un arco parlamentario ya caducado en el que el PP era mayoría. La próxima semana el pleno del Congreso retomará el debate de la proposición de ley impulsada por el PSOE y Unidas Podemos precisamente para evitar que el CGPJ designe cargos judiciales una vez concluido su mandato constitucional de cinco años. Desde que este CGPJ está en funciones ha aprobado 72 nombramientos, generalmente con amplia mayoría, y hoy lleva en el orden del día ocho más: tres plazas en el Supremo, las presidencias de los tribunales superiores de justicia del País Vasco y de Canarias, la presidencia de una sala del TSJ vasco, y las presidencias de las audiencias provinciales de Salamanca y Almería. En febrero se convocaron otras tres plazas -dos en el Supremo y la presidencia de la Audiencia Provincial de La Rioja- que podrían verse afectadas por la reforma legal que se tramita en el Congreso, que frenaría también la cobertura de vacantes que se generen por jubilaciones o fallecimientos.

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