(El Economista, 03-10-2025) | Laboral

Los sindicatos UGT y CCOO ultiman la propuesta que trasladarán al Ministerio de Trabajo en el marco de la negociación sobre la reforma del despido que la vicepresidenta Yolanda Díaz pretende abrir en octubre. Ambas organizaciones buscan consensuar una postura común a partir de las reclamaciones que en su día elevaron al Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS), que concluyeron en dos resoluciones sobre las que el Gobierno quiere apoyar los futuros cambios normativos.

Las demandas, presentadas en abril de 2022 por UGT y en enero de 2023 por CCOO, incluían varias propuestas de modificación, siendo la más destacada la reintroducción de los salarios de tramitación. Este concepto se refiere a las retribuciones que el trabajador despedido debería percibir desde la fecha del cese hasta que una sentencia declare el despido improcedente, junto con las cotizaciones sociales correspondientes. Estas cantidades se sumarían a la indemnización de 33 días por año trabajado con un máximo de dos anualidades.

Aunque todavía no se conocen todos los detalles de las peticiones que pondrán sobre la mesa, todo apunta a que la recuperación de los salarios de tramitación para cualquier despido improcedente será una de las principales exigencias sindicales. Su objetivo es que la compensación sea lo suficientemente elevada y disuasoria. Según explican fuentes sindicales, aunque serían necesarios otros ajustes, esta medida permitiría incrementar la cuantía que perciben los trabajadores, teniendo en cuenta los plazos actuales de resolución judicial.

Hoy en día, las empresas solo afrontan estos pagos si optan por readmitir al trabajador despedido o si el cese se declara nulo, lo que conlleva la reincorporación automática. La excepción son los representantes sindicales, que tienen derecho a percibir estos salarios en cualquier caso. Esta limitación rige desde la reforma laboral de 2012, que UGT y CCOO quieren revertir por considerarla incompatible con la Carta Social Europea.

Los procedimientos judiciales por despido suelen prolongarse entre seis meses y dos años, con una media superior a un año, lo que elevaría notablemente el coste para las empresas si se recupera este mecanismo, incluso más que la antigua indemnización de 45 días por año trabajado. Además, supondría una presión adicional para las finanzas públicas, ya que las compañías pueden solicitar que el Estado cubra los salarios y cotizaciones en procesos de más de 90 días hábiles.

Precisamente, este fue uno de los argumentos que utilizó el Gobierno de Mariano Rajoy en 2012 para suprimir esta compensación, al entender que el tiempo de duración de un juicio no era un criterio válido para valorar el perjuicio causado y que, además, incentivaba las estrategias dilatorias. También se justificó en que la prestación por desempleo ya cumplía ese papel, una idea que los sindicatos rechazaron. Según CCOO, esa ayuda no cubre totalmente la pérdida de ingresos, puesto que se limita al 70% o 50% del salario anterior y nunca supera el 175% del IPREM. UGT, por su parte, recordó que en aquel momento se recortó la duración y cuantía de la prestación, solo corregida parcialmente en 2019 y 2021.

Desde la óptica sindical, la legislación actual favorece a las empresas, ya que les resulta más barato pagar la indemnización que readmitir al trabajador, al no tener que abonar los salarios correspondientes al tiempo que dure el proceso judicial. Por ello, defienden que la cuestión debe abordarse en la reforma.

Más allá de esta medida, ambas organizaciones coinciden en reclamar que el Estatuto de los Trabajadores contemple la posibilidad de establecer indemnizaciones adicionales cuando el despido cause perjuicios específicos al empleado. En esta línea, Díaz ha planteado que factores como la edad, las cargas familiares o la hipoteca puedan justificar compensaciones más elevadas. Sin embargo, algunos sectores sindicales muestran reservas, al considerar que podría desincentivar la contratación de personas en esas circunstancias.

¿ESTAS BUSCANDO

ASESORÍA PERSONAL O EMPRESARIAL?

Realiza tu consulta online o ven a visitarnos