(El Periódico, 23-09-2025) | Laboral

Un conductor de autobús gallego, con más de treinta años de experiencia y contrato fijo desde 1990, acaba de obtener una de las victorias judiciales más relevantes en el ámbito del transporte por carretera. El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha ratificado que su despido fue improcedente, después de que la empresa adjudicataria de un nuevo contrato de transporte escolar se negara a subrogarlo. La sentencia obliga a dicha compañía y a varias de las firmas que integran la UTE adjudicataria a abonarle cerca de 110.000 euros, suma que incluye la indemnización por despido y los salarios que dejó de percibir desde su cese hasta la resolución del litigio.

El trabajador llevaba más de tres décadas realizando rutas escolares en la provincia de A Coruña. Su contrato indefinido procedía de la empresa anterior, pero con el cambio de concesión la nueva adjudicataria rechazó incluirlo en su plantilla, alegando que parte de sus funciones no estaban ligadas al servicio licitado. Este argumento fue desestimado tanto por el Juzgado de lo Social que inicialmente conoció el caso como por el TSXG, que acaba de confirmar la primera resolución.

En diciembre de 2023, el Juzgado de lo Social nº 2 de A Coruña declaró improcedente el despido. Ahora, el TSXG ha rechazado el recurso de la UTE Galicia Lote 3 y de las empresas que la componen, confirmando que la normativa gallega de transporte por carretera obliga a subrogar a los trabajadores adscritos siempre que cumplan los requisitos de antigüedad y vinculación. El conductor reunía todas esas condiciones. Al no respetarlas, la empresa incurrió en despido improcedente y deberá pagar indemnización, salarios dejados de percibir y costas judiciales.

La sentencia se produce en un contexto complejo para el transporte por carretera en España. El sector atraviesa un déficit notable de conductores, tanto en servicios escolares como en líneas regulares y discrecionales, al que se suma la escasez de camioneros denunciada desde hace años. Organizaciones empresariales como Confebus, apoyándose en datos de EURES, alertan de que en Europa faltan decenas de miles de profesionales, lo que pone en riesgo la prestación de servicios básicos.

A la vez, los sindicatos insisten en reclamar mejoras laborales y el reconocimiento de la penosidad del trabajo de conductor, lo que abriría la puerta a jubilaciones anticipadas mediante coeficientes reductores, al estilo de lo que ocurre en la minería o los cuerpos de bomberos. El Ministerio de Inclusión y Seguridad Social ha comenzado a estudiar esta posibilidad para profesiones con elevada exigencia física y riesgo, entre ellas los camioneros y los conductores de autobús.

El caso gallego refleja cómo la garantía de subrogación sigue siendo un punto de conflicto en sectores muy externalizados, como el transporte escolar, la limpieza o la seguridad privada, donde los cambios de adjudicatario son habituales y este mecanismo resulta clave para preservar la estabilidad en el empleo.

Con esta resolución, el TSXG envía un mensaje inequívoco: la subrogación no es opcional, sino una obligación legal que protege los derechos de los trabajadores frente a decisiones empresariales. Para el conductor afectado, supone una compensación económica considerable tras años de servicio. Para el sector, reabre el debate sobre la calidad del empleo, la necesidad de reforzar la seguridad jurídica en las concesiones públicas y la urgencia de atraer nuevos profesionales a una actividad esencial para la movilidad en España.

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