(Expansión, 17-07-2024) | Laboral
Con algunas excepciones, el personal interino solo podrá trabajar en la administración por un máximo de tres años. En otras palabras, los interinos solo podrán ocupar una plaza de funcionario durante ese tiempo. Pasado este periodo, la vacante debe ser cubierta por un funcionario. "A menos que el correspondiente proceso selectivo quede desierto, en cuyo caso se podrá realizar otro nombramiento de personal interino". Así lo regula el Anteproyecto de Ley de la Función Pública de la Administración del Estado que el Consejo de Ministros aprobó ayer.
El Ejecutivo mantiene así la regulación del trabajo de los interinos, una medida que ya adelantó en parte en 2021, cuando surgió el problema de los interinos. En ese momento, el Ejecutivo descubrió que había 300.000 trabajadores en las administraciones con años de trabajo, pero en una situación temporal. Otras fuentes, como el Registro Central de Personal de las Administraciones, estiman que hay unos 600.000 interinos en esta situación.
Por lo tanto, el Gobierno espera la respuesta del Tribunal Europeo de Luxemburgo a las preguntas planteadas por el Tribunal Supremo al respecto. Estas preguntas se resumen en: ¿Cómo se compatibiliza la doctrina del Tribunal, que convierte en fijos a los trabajadores interinos con muchos años sin plaza fija, con el modelo español de acceso a la función pública basado en oposiciones en igualdad, mérito y capacidad, así como publicidad?
La selección del personal interino se realizará "con procedimientos ágiles, preferentemente a través de bolsas de candidatos creadas para tal fin", tal como adelantó la ley del 28 de diciembre, de medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público, promovida por Miquel Iceta cuando fue, brevemente, ministro de Administraciones Públicas y Función Pública.
También es importante señalar que en este anteproyecto de ley no se incluyen algunos puntos ya regulados en el Real Decreto Ley 6/2023, de medidas urgentes para la ejecución del plan de recuperación, transformación y resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo.
Entre otras cosas, el plazo de ejecución de las ofertas de empleo público se reduce de tres a dos años. El Gobierno busca así acortar el tiempo para cubrir una plaza vacante. Además, en dicho decreto, el Gobierno refuerza la evaluación del desempeño del funcionario para incentivar su trabajo y acreditar sus méritos profesionales, además de la percepción de retribuciones complementarias de carácter variable.
Precisamente, en el ámbito salarial, la novedad más importante de la norma aprobada ayer es que el Ministerio de la Función Pública quiere crear un complemento de carrera para premiar la progresión profesional. Y, con ello, el complemento de productividad, que actualmente es bastante arbitrario, se transforma en el nuevo complemento de desempeño, para premiar la eficacia. La norma faculta a la Secretaría de Estado de la Función Pública para autorizar la creación de unidades específicas, con los funcionarios necesarios, para atender situaciones prioritarias y de emergencia.
El sindicato CSIF protestó porque la norma no elimina la tasa de reposición de los trabajadores, es decir, la limitación que el Gobierno puede imponer en determinados departamentos para limitar la sustitución de empleados públicos que se retiran. CSIF también exigió la reducción de la jornada laboral de 37,5 horas a 35 horas semanales.