(El Economista, 13-11-2025) | Fiscal

La Declaración de la Renta del próximo año se empieza a definir en los últimos meses de este ejercicio, por lo que conviene tener presentes las últimas modificaciones introducidas en el IRPF y a quién afectan.

Desde 2025 se aplica una nueva deducción de 340 euros dirigida a los trabajadores con ingresos iguales o inferiores al salario mínimo interprofesional, fijado en 16.576 euros anuales. Esta ayuda busca evitar que la subida del SMI afecte negativamente a quienes lo perciben. La deducción se reduce progresivamente a medida que los ingresos superan ese umbral, hasta desaparecer cuando se alcanzan los 18.276 euros al año. Por ejemplo, quien gane 16.800 euros podrá deducirse 295,2 euros; con 17.000 euros, 255,2; y con 18.000 euros, 55,2. Quienes tengan ingresos cercanos al SMI y una retención muy baja deberían presentar la declaración aunque no estén obligados, ya que probablemente les saldrá a devolver.

Otra novedad es la subida del tipo máximo del IRPF sobre el ahorro, que desde el 1 de enero de 2025 pasa del 28% al 30% para las rentas de capital que superen los 300.000 euros. Los tramos inferiores no cambian, por lo que la medida solo afecta a los contribuyentes con grandes patrimonios. Para evitar saltar de tramo, puede ser recomendable planificar las ventas de activos o compensar las ganancias con pérdidas pendientes.

También hay cambios relevantes en los planes de pensiones. Desde 2025 será posible rescatar el dinero aportado con más de diez años de antigüedad sin necesidad de justificar motivos especiales, como desempleo o incapacidad. Además, las aportaciones anteriores a 2006 podrán beneficiarse de una reducción del 40% si se rescatan en forma de capital, aunque esta ventaja solo se mantendrá hasta 2026. Por ello, puede resultar conveniente combinar un rescate parcial en forma de capital antes de esa fecha y continuar cobrando el resto como renta a partir de 2027.

Los artistas, técnicos audiovisuales y creadores que cedan los derechos de sus obras literarias, científicas o artísticas disponen de una nueva reducción del 30% sobre los rendimientos generados en ejercicios excepcionales. Podrán aplicarla cuando esos ingresos superen en más de un 30% la media de los tres años anteriores, con un límite máximo de 150.000 euros. Así, si alguien ha facturado 60.000 euros anuales de media y en 2025 obtiene 110.000 euros, podrá aplicar la reducción sobre el exceso de 78.000 euros.

Por último, quienes adquieran un coche eléctrico en 2025 podrán deducirse el 15% del importe de la compra, siempre que el vehículo no supere los 45.000 euros. Esta misma deducción se aplica a la instalación de un punto de recarga en el hogar, tanto en vivienda habitual como en una alquilada, siempre que se cuente con la documentación técnica y las facturas correspondientes. Para beneficiarse, la compra o instalación debe realizarse y pagarse dentro del ejercicio 2025.

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