(El Economista, 10-04-2024) | Fiscal

El Supremo falla contra Hacienda por calcular a la baja el IRPF a devolver a los jubilados de las mutualidades

El Tribunal Supremo ha revocado la práctica de la Agencia Tributaria en el cálculo del porcentaje de cotizaciones a mutualidades laborales para aplicar la reducción en el IRPF. Según la sentencia emitida el 10 de enero, el Supremo establece que el cálculo debe considerar el periodo en el cual se realizaron las cotizaciones que permitieron alcanzar el 100% de la pensión, rechazando así el criterio anterior de Hacienda que perjudicaba a los trabajadores de mayor edad con más años de aportación a la Seguridad Social. El demandante, un jubilado, argumentó que el método utilizado por Hacienda era discriminatorio hacia los trabajadores más mayores, quienes habían realizado mayores aportaciones al sistema de Seguridad Social y recibirían una reducción fiscal inferior en comparación con los trabajadores más jóvenes. La normativa vigente hasta 2006 establecía que las aportaciones a la Seguridad Social después de 35 años de cotización no aumentaban la pensión. Por tanto, el Supremo determina que la proporción de reducción debe calcularse en base a los días cotizados necesarios para alcanzar la pensión percibida, conforme a la legislación aplicable en cada caso. Esto implica considerar el tope de 35 años cotizados para alcanzar el 100% de la pensión. Cabe recordar que las aportaciones que los trabajadores realizaron a las mutualidades entre 1967 y 1978 no podían minorarse de los ingresos del trabajo en las declaraciones del IRPF, según la normativa de entonces. El Supremo estableció en varias sentencias de inicios de 2023 que la parte de la pensión actual que corresponda a las aportaciones que no se pudieron minorar, se puede deducir en un 25% si no pudiera acreditarse la cuantía de las aportaciones. Es decir, que el contribuyente debe declarar en el IRPF su pensión, incluyendo en ella solo el 75% en vez del 100% de la parte de la pensión que corresponda a aquellas antiguas aportaciones no minoradas. La Agencia Tributaria, tras este último fallo de enero del que fue ponente el magistrado José Antonio Montero Fernández está obligada a aplicar así las deducciones del IRPF. Hacienda habilitó el pasado 20 de marzo un formulario para facilitar a los jubilados la solicitud de devolución del IRPF no deducido en los ejercicios 2019, 2020, 2021 y 2022 (últimos cuatro años no prescritos) sin necesidad de aportar ninguna información adicional (ya que la obtendría de la Seguridad Social), más allá del número de DNI y de la cuenta corriente donde ingresar la devolución. Además, ya habilita un apartado especial en la declaración de esta Renta donde recoge la reducción que corresponde a cada jubilado y la aplica automáticamente. La Administración pidió el pasado 3 de abril, día que dio inicio la campaña de la Renta de 2023, que si no veían este ajuste esperaran a realizar la declaración a partir del 20 de abril, fecha en la que consideraban que ya tendrían todos los datos actualizados, ante el poco tiempo traspasado desde que la Seguridad Social comenzó a remitirles la información de estos afectados.

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(El Periódico, 10-04-2024) | Fiscal

Foment del Treball propone medidas para que Cataluña deje de ser "un infierno fiscal"

Foment de Treball ha elaborado un informe con el propósito de transformar la situación fiscal de Cataluña, haciéndola más favorable para familias y compañías, según indicó el líder de la patronal catalana, Josep Sánchez Llibre. La organización ha presentado el 'Libro verde de la fiscalidad de Cataluña', elaborado por 48 expertos y profesionales de la propia patronal, entidades, despachos especializados y representantes de la academia, con un total de 80 propuestas, entre las que se destaca la eliminación del impuesto de patrimonio. Se busca que Cataluña sea "el motor económico de España", cuya relevancia no radica únicamente en la infraestructura, sino también en los impuestos, según Sánchez Llibre. Este documento, que será distribuido a todos los partidos políticos del Parlament y al actual Govern de la Generalitat, representa un compendio de propuestas "orientadas a influir en la Generalitat para que Cataluña cuente con una fiscalidad competitiva para las familias, el ahorro, las empresas y todos los ciudadanos, y para que se convierta en un destino atractivo para inversiones, talento y directivos internacionales de empresas que invierten en Cataluña". Una de las metas, según el informe, es lograr un equilibrio "entre la contribución fiscal de las familias catalanas y las prestaciones y servicios públicos recibidos". En este contexto, Sánchez Llibre hizo mención a la reciente formación de otro grupo de expertos para analizar las balanzas fiscales y el déficit generado entre lo que aporta Cataluña y lo que recibe. Desde la perspectiva del presidente de Foment, la reforma del sistema de financiación autonómica, con una propuesta reciente presentada por el Ejecutivo catalán de ERC, que propone un modelo "singular" para recaudar todos los tributos y transferir recursos al Estado por servicios centralizados y para un fondo de solidaridad con otras regiones, no debería impedir la modificación de la fiscalidad en Cataluña. Sánchez Llibre destacó propuestas como la reducción de la fiscalidad sobre la vivienda a través de impuestos como el de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados (ITP y AJD), que se sitúan por encima de los existentes en otras autonomías, con tasas del 10% hasta un millón de euros y del 11% para montos superiores en propiedades de segunda mano. Los expertos proponen que el Estado establezca un máximo del 7%, con la posibilidad de reducirlo para las comunidades que así lo deseen. También defienden la reducción de los tipos marginales mínimo y máximo del impuesto sobre la renta (IRPF), alineándolos con "las comunidades autónomas más dinámicas", de modo que el tramo estatal quede en el 18,5% y 47,5%, respectivamente. Asimismo, proponen simplificar la escala impositiva del impuesto de sucesiones, estableciendo un tipo mínimo del 4% y máximo del 9%, situándose en la media de los países desarrollados de la OCDE. El estudio aborda los impuestos propios, que actualmente rigen 11, tras la declaración de inconstitucionalidad de otros 7. El documento concluye que "la recaudación por impuestos propios en Cataluña es notablemente alta en comparación con otras comunidades autónomas". De hecho, estos gravámenes, que hacen que Cataluña lidere en cantidad de impuestos de este tipo, contribuyen a perpetuar la percepción de "infierno fiscal". Los coordinadores del grupo de expertos, Valentí Pich, presidente del Consejo General de Economistas, y Manuel Silva, consejero de la presidencia de Foment y socio de Roca Junyent, han enfatizado que los tributos propios generan "inseguridad jurídica" y actúan como "barrera" para las inversiones extranjeras. También proponen un plan para combatir el fraude y la economía sumergida, así como aumentar la transparencia en el uso de lo recaudado y el costo de los servicios públicos financiados con estos fondos. A nivel del Gobierno central, además de insistir en la supresión del impuesto de patrimonio, que consideran que viola el principio constitucional de no confiscatoriedad, y contemplar la posibilidad de recurrir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, reclaman tasas más bajas para los beneficios reinvertidos por las empresas.

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(Expansión, 09-04-2024) | Fiscal

Funcas mejora tres décimas su previsión de crecimiento para la economía española en 2024

Funcas prevé que el PIB crezca un 1,8% en 2024, frente al 2,5% de 2023, debido a la menor contribución del consumo público y del sector exterior. El impulso del consumo privado y el ligero repunte esperado en la inversión explican la revisión al alza de la previsión de crecimiento, según el informe de primavera de Funcas para el periodo 2024-2025. La demanda nacional contribuirá con 1,8 puntos al PIB (1,4 puntos del consumo de hogares y 0,4 puntos del consumo público, la mitad que en 2023), mientras que la contribución del sector exterior será nula, frente al 0,8% del año anterior. Raymond Torres, director de Coyuntura y Economía Internacional de Funcas, señaló que el impulso provendrá del consumo privado gracias a la creación de empleo y al gasto de parte del ahorro acumulado el año pasado. Por su parte, Carlos Ocaña, director general de Funcas, expresó su preocupación por la débil evolución de la inversión, que podría comprometer el crecimiento a largo plazo de la economía española. Se espera que el déficit público baje al 3,2% este año y la deuda pública al 106,2%; para 2025, se proyecta que ambos indicadores se sitúen cerca del 3% y por debajo del 105%, respectivamente. En 2025, el PIB crecerá un 2%, con una inflación del 2,3%, y la tasa de desempleo descenderá al 10,3% hacia finales de año. Funcas destaca que el desempeño de la inversión es negativo desde la pandemia y particularmente preocupante en comparación con la media de la UE, a pesar de la resistencia del sector industrial español. La institución subraya la importancia de mejorar la ejecución de los fondos europeos para impulsar la inversión y preservar la competitividad de la economía española. En 2025, se espera un crecimiento económico del 2%, sin cambios respecto a las previsiones de enero, impulsado por la mejora de la coyuntura europea. El fortalecimiento de la inversión compensaría la ligera desaceleración del consumo, manteniendo una contribución de 1,8 puntos de la demanda al crecimiento. El sector exterior aportaría 0,2 puntos gracias a la mejora de los mercados de exportación. En cuanto a la inflación, se prevé una tasa del 3,2% para este año, asumiendo la ausencia de un shock energético, y una tasa del 2,3% en 2025, acercándose al objetivo del BCE. El ciclo de creación de empleo continuará, reduciendo la tasa de desempleo al 11,2% a finales de 2024 y al 10,3% en 2025. Además, se espera que la deuda pública baje al 106,2% este año y se sitúe por debajo del 105% el próximo año, cumpliendo así con las reglas fiscales europeas. Otra condición es que el déficit descienda al menos 0,25% puntos cada año hasta alcanzar el 1,5% del PIB. Con un esfuerzo de inversión incrementado, la doble norma de déficit y deuda se cumpliría con ajustes graduales. Sin embargo, en un escenario de persistencia de la actual debilidad de la inversión, el criterio de deuda exigiría un ajuste fiscal abrupto a partir de 2026.

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(El Economista, 09-04-2024) | Fiscal

El tabaco aporta más que nunca a las arcas del Estado

El tabaco ha generado más ingresos que nunca para el Estado. A pesar de la campaña del Ministerio de Sanidad contra la industria tabacalera, los impuestos especiales y el IVA derivados de los cigarrillos y otras labores ascendieron en el último ejercicio a 7.210 millones y 1.755 millones respectivamente, sumando un total de 8.965 millones de euros. Esto representa no solo un aumento del 2% con respecto al año anterior, sino que también establece un nuevo récord en recaudación. Nunca antes se habían alcanzado cifras similares ni por impuestos especiales ni por IVA. A pesar de que las ventas de cajetillas disminuyeron un 2,91% el año pasado, la recaudación aumentó debido al incremento de los precios. La industria tabacalera facturó un 2,7% más, alcanzando un total de 10.076 millones. Según el Comisionado del Mercado de Tabacos, los cigarrillos aportaron la mayor parte de los ingresos por impuestos especiales, ascendiendo a 6.328 millones de euros, un 1,5% más que en 2022. Por su parte, el tabaco de liar generó 676,8 millones, los cigarros 106,2 millones y la pipa 98,9 millones de euros. El Gobierno tiene la intención de aumentar la carga fiscal sobre los cigarrillos para elevar los precios y así reducir el consumo. Sin embargo, hasta ahora estas medidas no han logrado el efecto esperado en casi ningún país, provocando en cambio un aumento del tráfico ilícito a través del contrabando y las falsificaciones. De hecho, la industria teme que esto mismo pueda suceder ahora también en España. Tras la aprobación del Plan Integral de Prevención y Control del Tabaquismo, el Ministerio de Sanidad inició el proceso para implementar el empaquetado genérico de cigarrillos al lanzar la modificación del Real Decreto 579/2017 a consulta pública, según anunció la ministra Mónica García en los Desayunos Socio-sanitarios de Europa Press. El periodo de consulta se extiende desde este lunes hasta el 23 de abril. Este Real Decreto regula aspectos relacionados con la fabricación, presentación y comercialización del tabaco y productos derivados, incluyendo la prohibición de aditivos en el tabaco y dispositivos como los vapeadores. Después de la reforma normativa, todos los paquetes de cigarrillos serán uniformes, independientemente de la marca, ocupando un espacio mínimo. Esta medida, que ya está implementada en países como Australia, Francia, Noruega o Dinamarca, ha generado gran controversia en el sector, que considera que se trata de una expropiación de las marcas y no logrará los efectos deseados. La ministra de Sanidad sostiene, sin embargo, que la evidencia científica respalda el nuevo envase como una medida "efectiva" que reduce el atractivo publicitario y contribuye a promover el abandono del hábito de fumar. A pesar de la oposición tanto de las tabacaleras como de los estanqueros y otros sectores, el Ministerio planea llevar a cabo la reforma del decreto. La ministra aseguró que cualquier intento de influencia por parte de lobbies comerciales encontrará un obstáculo cuando se trata de priorizar la protección de la salud de los ciudadanos. El plan antitabaco también incluye la equiparación regulatoria de productos relacionados con el tabaco, como los vapeadores o los cigarrillos electrónicos, con los productos tradicionales. Además, contempla modificaciones fiscales para gravar los nuevos productos y aumentar los impuestos a los cigarrillos tradicionales, con el objetivo de destinar esos recursos a políticas de salud y ampliar los espacios libres de humo para reducir las enfermedades asociadas al tabaquismo, como el cáncer de pulmón.

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(Europa Press, 09-04-2024) | Fiscal

El Congreso debate rebajar el IRPF en los tres primeros tramos

El Pleno del Congreso debatirá mañana una proposición no de ley del Partido Popular (PP) que busca ajustar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en "al menos" los tres primeros tramos, con el fin de compensar el impacto de la inflación acumulada, que desde febrero de 2021 ha alcanzado un 17%. Además de esta medida, el PP propone también deflactar el impuesto mínimo del contribuyente, así como el resto de deducciones, y ajustar las retenciones para asegurar que el alivio fiscal para las familias sea inmediato. Todo ello debido a la espiral inflacionista observada en los últimos tres años, que ha afectado especialmente a productos alimenticios (+29%) y al encarecimiento de las hipotecas, que han subido en promedio 300 euros al mes. El PP ha denunciado que como resultado de esta dinámica inflacionista, el Gobierno no ha sabido abordar el empobrecimiento de las familias. El Grupo Popular señala que este empobrecimiento se refleja en que España es el cuarto país de la Unión Europea con mayor porcentaje de población en riesgo de pobreza, solo por detrás de Rumanía, Bulgaria y Grecia. En este contexto, el PP insiste en su propuesta de deflactar el IRPF a nivel estatal, una medida que ha solicitado en varias ocasiones al Gobierno y que ha implementado a nivel autonómico en las comunidades donde gobierna. El partido destaca que la deflactación a nivel autonómico ha resultado en ahorros de hasta 300 euros para rentas inferiores a 22.000 euros en Extremadura. Asimismo, resalta la reducción del tipo mínimo del 9,5% al 8,5% y del tipo máximo al 22,5% en Cantabria, así como las nuevas deducciones en la Comunidad Valenciana para rentas individuales de menos de 32.000 euros y conjuntas de menos de 48.000 euros.

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(Fe de errores El Mundo, 08-04-2024) | Fiscal

Hacienda aflora 500.000 euros de media al acceder a cajas de seguridad

El Tribunal Supremo ha respaldado la capacidad de la Agencia Tributaria para precintar y abrir cajas de seguridad bancarias pertenecientes a empresas durante inspecciones tributarias, como parte de las medidas para combatir el fraude fiscal, sin que los propietarios puedan manipular su contenido previamente. Esta decisión judicial refuerza una práctica relevante de la inspección tributaria en la lucha contra el fraude fiscal, permitiendo el acceso a cajas de seguridad bancarias durante investigaciones fiscales, las cuales han revelado montos no declarados con un promedio de medio millón de euros. En este contexto, el Supremo consideró que las empresas no son titulares directos del derecho a la intimidad, avalando así el precinto de las cajas de seguridad durante inspecciones tributarias, aunque con la condición de que existan indicios razonables y suficientes que justifiquen esta medida. Así lo reveló el entonces director de la Agencia Tributaria, y actual secretario de Estado de Hacienda, Jesús Gascón, durante el XXX Congreso de la asociación de Inspectores de Hacienda del Estado (IHE), cuando defendió la necesidad del Fisco de poder llevar a cabo determinado tipo de registros sin aviso previo a los investigados, para evitar la "destrucción de pruebas". En este sentido, destacó la relevancia durante las investigaciones tanto de los registros domiciliarios, fundamentalmente de sedes de compañías, siendo anecdóticos los de particulares, como de la apertura de "cajas fuertes" que, cifró, arrojan "regularizaciones por importes medios que pueden estar en 500.000 euros" de media, lo que sitúa su importancia muy por encima de la de otras actuaciones ordinarias de la inspección. A finales de 2020, los tribunales habían restringido en gran medida la capacidad de la Agencia Tributaria para realizar inspecciones domiciliarias, lo que llevó a Hacienda a impulsar una reforma para proteger este tipo de actuaciones, mientras que el acceso a cajas de seguridad bancarias empezaba a ser objeto de disputas judiciales. Las cajas de seguridad bancarias son un servicio ofrecido por entidades financieras a sus clientes, donde éstos pueden depositar bienes no declarados a cambio de una renta o comisión, resguardados en las cajas fuertes de la entidad. Durante investigaciones fiscales a un contribuyente, la Agencia Tributaria puede precintar estas cajas de seguridad para evitar manipulaciones hasta su apertura posterior durante las pesquisas. La disputa planteada por numerosos contribuyentes afectados, recientemente zanjada por la Justicia, cuestionaba que el acceso a una caja de seguridad bancaria vulnerara el derecho a la intimidad protegido por la Constitución Española. En el caso concreto resuelto por el Tribunal Supremo, la Dependencia Regional de Inspección de la Agencia Tributaria en la Comunidad Valenciana inició una inspección sobre una sociedad mercantil de fabricación de materiales de PVC y cerramientos, centrada en el pago del Impuesto de Sociedades y el IVA entre 2017 y 2021. Como medida cautelar, la inspección precintó una caja de seguridad de la empresa en una oficina del Banco Sabadell, argumentando que su apertura era "proporcionada, idónea y necesaria" en base a ciertos indicios. La empresa afectada recurrió la medida alegando vulneración de su derecho a la intimidad, falta de competencia de la Agencia Tributaria para inspeccionarla, desproporción y falta de justificación. Finalmente, el Supremo determinó que "las personas jurídicas privadas no son titulares directos del derecho a la intimidad", validando así "la medida cautelar de precintar una caja de seguridad de su propiedad, aunque la información de interés tributario pueda afectar a la intimidad de los ciudadanos". Por lo tanto, concluyó que "no es necesario obtener autorización judicial o consentimiento del titular para precintar una caja de seguridad en un banco por parte de la Agencia Tributaria en un procedimiento de inspección tributaria". Sin embargo, la jurisprudencia continúa exigiendo a las inspecciones fiscales que justifiquen "indicios razonables y suficientes" que respalden estas medidas. Advertido error en la publicación de esta noticia en el envío de ayer, se procede a su correcta publicación.

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(Expansión, 08-04-2024) | Fiscal

Teresa Ribera: "El impuesto a las energéticas decaerá si no hay consenso en el Parlamento"

La representante del Gobierno en materia energética analiza en una entrevista con EXPANSIÓN los temas más importantes para el mercado en los próximos meses. Discute sobre el gravamen energético, los nuevos requisitos para las subastas de retribución a las energías renovables, la tasa nuclear, la caída de los precios de la electricidad a cero euros, y los candidatos para la nueva Comisión de Energía. El Ministerio de Transición Ecológica, siempre activo desde su creación, está actualmente lleno de asuntos, muchos de gran relevancia que moldearán el panorama energético español durante años. Entre estos está clarificar el futuro profesional de la titular de esta cartera, Teresa Ribera, quien, a pesar de su apretada agenda, encuentra tiempo para analizar detalladamente los temas más candentes. "Me siento muy afortunada por lo que he logrado y estoy ansiosa por seguir contribuyendo", afirma la vicepresidenta tercera del Gobierno y ministra de Transición Ecológica cuando se le pregunta si finalmente será la cabeza de lista por el PSOE en las elecciones europeas, o si el Gobierno trabajará para situarla como futura comisaria europea de Energía o incluso como vicepresidenta de la Comisión. Ribera, quien ha reiterado en los últimos días que está "a disposición" de las decisiones de su Gobierno, reconoce que "trabajar en Europa en este momento es de vital importancia". "Es necesario evaluar si es más interesante y estratégico estar aquí o allí". En cualquier caso, "es una decisión que va más allá de mi voluntad". "Es un tema que aún está en discusión", dice Ribera, quien no tiene problemas en abordar temas sensibles. Como el tributo impuesto por el Gobierno de Sánchez a las principales empresas energéticas como una contribución solidaria basada en sus supuestas ganancias extraordinarias, en medio de la escalada de precios. "No es un impuesto, es un pago [patrimonial]", aclara Ribera, quien señala que se estableció por dos años, 2022 y 2023, a liquidarse respectivamente en 2023 y este año. El Gobierno está trabajando ahora en "rediseñar" este gravamen introduciendo alguna fórmula que lo suavice. No está claro cómo ni cuándo, y sobre todo, si tendrá éxito, dada la complejidad para obtener mayorías parlamentarias que respalden nuevas leyes. "El tributo expirará al finalizar este año fiscal, y no habrá más después", afirma abiertamente Ribera. "La cuestión es si se transformará en algo más estable, en un estímulo para la inversión. En eso estamos todos de acuerdo". "Se está evidenciando que la situación ha cambiado" y que "los beneficios extraordinarios se han ido reduciendo". Ahora puede ser "interesante" convertir esta carga impositiva "en algo que fomente la inversión", o de lo contrario simplemente expirará, explica. Ribera recuerda que "no se han aprobado los Presupuestos Generales del Estado de 2024 [donde teóricamente se reformularía el impuesto]". Por lo tanto, lo primero es "ver si encaja en otra ley que esté en proceso en el Congreso". Esto es lo que "está evaluando Hacienda". "Están considerando si es viable o no", explica la ministra, quien reconoce la fragmentación parlamentaria que existe. Así, insiste, "si no se toma ninguna medida", el tributo "expirará". "Evaluar si hay suficiente consenso sobre cómo abordar esta cuestión es algo que Hacienda está analizando". Para Ribera, más allá del tributo, un tema crucial del sector son los precios de la electricidad. Pero paradójicamente, al contrario que hace dos años. En lugar de ser históricamente altos, ahora marcan mínimos históricos e incluso llegan a ser negativos en ciertos momentos. ¿Hasta cuándo durará esta situación? "Está demostrando lo que veníamos diciendo, que las energías renovables tienen costos operativos bajos. Esto se refleja claramente en el precio final en el mercado mayorista, ya que cada vez representan un porcentaje mayor de la generación, desplazando a otras tecnologías", como la nuclear. "Los precios bajos son muy buenos para los consumidores, tanto domésticos como industriales", afirma, pero "deberían estabilizarse en un punto que garantice retornos a la inversión". Según Ribera, "tiene que haber un sentido de negocio y una serie de retornos asociados, para asegurarnos de que los productores de electricidad no sientan que están trabajando en vano". Pronostica que seguirá habiendo "episodios de precios bajos". Esto también "será un incentivo para las inversiones en almacenamiento, lo que a su vez equilibrará los precios a lo largo del día".

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(Expansión, 08-04-2024) | Fiscal

El Supremo impide a Hacienda aprovechar errores contables para negar deducciones

El Tribunal Supremo ha respaldado de manera significativa a las empresas al impedir que la Agencia Tributaria utilice errores contables para denegar deducciones sobre gastos a los que tenían derecho. En concreto, el Tribunal permite que las compañías deduzcan gastos contabilizados incorrectamente en ejercicios posteriores, aunque el año de devengo esté prescrito. Los magistrados establecen una única condición: exigen que esta imputación en ejercicios posteriores no resulte en una menor tributación que la que hubiera correspondido si se hubiera contabilizado correctamente en el ejercicio correspondiente. De este modo, el Supremo interpreta el artículo 11 de la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades (LIS). La sentencia del Tribunal fija criterio al determinar que es procedente deducir un gasto contabilizado de forma incorrecta en un ejercicio posterior al de su devengo, siempre y cuando esta deducción no resulte en una menor tributación comparada con la que hubiera correspondido aplicando la normativa general de imputación temporal, aunque el ejercicio de devengo esté prescrito. La sentencia respalda a una empresa que dedujo en 2016 gastos devengados en 2009, sin que esto cause una merma de ingresos para el Estado. Según la Justicia, de haberse contabilizado correctamente las facturas extraviadas en el ejercicio adecuado, la base imponible declarada en 2009 habría sido negativa en lugar de positiva, y esto habría generado un saldo inicial de bases imponibles negativas en 2016. La empresa argumenta que no obtuvo ningún beneficio con su error, sino que sufrió un perjuicio financiero al anticipar el pago de impuestos debido al diferimiento del gasto. Además, asegura que no se produce ni se producirá una menor tributación por la rectificación contable realizada en 2016. El Tribunal Supremo rechaza los argumentos de la Administración y sostiene que el caso es diferente al analizado previamente. Considera que la contribuyente aplicó una deducción de gasto conforme a la normativa contable, aunque el devengo se hubiera producido en un ejercicio prescrito. Los magistrados invocan el artículo 11.3.1 de la LIS como habilitante para esta deducción. En conclusión, el Supremo avala la posición de la empresa al demostrar que no se producirá una menor tributación con la deducción realizada. Destaca que el límite esencial es evitar una menor tributación y que, de mantenerse la posición contraria, se generaría una sobreimposición perjudicial para el contribuyente.

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(El Economista, 08-04-2024) | Fiscal

Hacienda intensifica la vigilancia sobre los autónomos por la economía sumergida

Hacienda aumentará este año la supervisión sobre autónomos y pymes para combatir la economía sumergida y, por consiguiente, el fraude fiscal, según lo establecido en el Plan Anual de Control Tributario para este año y en su Plan Estratégico para 2024-2027. Según un estudio elaborado para el Parlamento Europeo, el tamaño de la economía sumergida en España en 2022 fue del 15,8% del PIB, aunque una vez ajustada por actividades que no pueden ser fiscalmente detectadas, se reduciría al 10,5%. Uno de los enfoques clave de la Administración Tributaria será vigilar a aquellos profesionales que impiden a los clientes pagar con tarjeta de crédito o débito. La Agencia Tributaria ha anunciado una serie de medidas para intensificar la inspección sobre estos profesionales que realizan ventas directas al consumidor final y manejan altos volúmenes de efectivo, ante el riesgo de que no declaren todos sus ingresos. La Administración enfatiza que "fortalecerá las actuaciones, centrándose en aquellos contribuyentes que no aceptan pagos mediante medios bancarios". Además, también se realizará un seguimiento de empresarios y profesionales sospechosos de manipular sus ventas reales. La Administración llevará a cabo controles sobre aquellos contribuyentes que declaren una evolución irregular o anómala en el valor de sus existencias, lo cual podría indicar ventas no declaradas. Con este propósito, Hacienda intensificará este año las inspecciones in situ, visitando físicamente las instalaciones de los obligados tributarios (si son empresas) para verificar las ventas. La Administración destaca que estas inspecciones tienen efectos positivos no solo en términos de ingresos liquidados y deudas descubiertas, sino también en el comportamiento futuro de los empresarios. "Durante 2024, es crucial seguir solicitando autorizaciones a las autoridades competentes y, en algunos casos, incluso a las autoridades judiciales", señala la Agencia Tributaria. En su lucha contra el fraude fiscal, la Administración también mantendrá su presencia en sectores y negocios con alto riesgo de economía sumergida, especialmente aquellos que utilizan mucho efectivo, incluso si las transacciones se sitúan por debajo de los límites legales actuales que prohíben el pago en efectivo. Actualmente, el límite máximo para pagos en efectivo en transacciones donde al menos una de las partes es un empresario o profesional es de 1.000 euros. "El control de las transacciones en efectivo es prioritario, ya que suelen estar estrechamente vinculadas a la economía sumergida. Por lo tanto, independientemente de los límites cuantitativos vigentes según la normativa aplicable, las operaciones en efectivo continuarán siendo objeto de atención por parte de la Administración tributaria", subraya. Además, la Administración estará alerta contra aquellos contribuyentes cuyos indicadores de riqueza, patrimonio, rentabilidad o información financiera sean incoherentes con los ingresos declarados, es decir, que vivan por encima de sus medios declarados. Por último, Hacienda también intensificará sus acciones contra nuevas formas de fraude facilitadas por internet. "Se ha identificado la aparición de empresas fraudulentas que aprovechan las oportunidades del comercio electrónico para obtener ventajas comerciales desleales eludiendo sus obligaciones en el IVA", indica la Agencia Tributaria.

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(El Economista, 08-04-2024) | Fiscal

Las donaciones, la clave para esquivar el pago de los Impuestos sobre el Patrimonio y Grandes Fortunas

Un buen número de despachos de asesoría fiscal en España consultados por elEconomista.es señalan que ha habido un aumento considerable en las solicitudes de planificación de donaciones de padres a hijos o cónyuges en separación de bienes sobre una parte del patrimonio, especialmente entre empresarios familiares y profesionales. También se ha observado un incremento en las formalizaciones de pactos sucesorios en aquellas Comunidades Autónomas (CCAA) donde son legalmente posibles. El objetivo principal de estas acciones es evitar el pago del Impuesto sobre el Patrimonio (IP) y, en su caso, del Impuesto de Solidaridad con las Grandes Fortunas (ISGF). Estos impuestos se aplican de forma individual, sin posibilidad de tributación conjunta ni acumulación de patrimonios entre cónyuges e hijos menores. Las segundas viviendas están sujetas a tributación anual por el Impuesto sobre la Renta (IRPF), el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), el Impuesto sobre el Patrimonio (IP) y, en algunos casos, el Impuesto de Solidaridad de las Grandes Fortunas (ISGF). Además, los impuestos representan una parte significativa del coste total de una vivienda nueva. De cada 100 euros que paga el comprador de una vivienda, 10 corresponden a impuestos, según el Consejo General de Economistas. Entre 2021 y 2022 se registraron en España 47.353 donaciones de viviendas, según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE) basados en registros. Los contribuyentes buscan aprovechar las posibilidades que ofrecen las bonificaciones en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) vigentes en muchas de las CCAA, lo que permite reducir la carga tributaria soportada por el donante. En los despachos de los asesores fiscales se explica que la mayoría de las donaciones entre familiares de primer grado se realizan mediante aportaciones de dinero y acciones, aunque también tienen relevancia las aportaciones parciales de vivienda familiar y otros inmuebles. Sin embargo, estas últimas resultan más costosas debido a los trámites y los impuestos a pagar. No obstante, es esencial evaluar los costes tributarios asociados a las operaciones de donación de bienes de padres a hijos antes de llevarlas a cabo. El receptor de la donación queda sujeto a tributación por aumento de patrimonio en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). La regla general para calcular si hay ganancia o pérdida patrimonial es sencilla: se trata de restar el importe de compra más impuestos y mejoras realizadas al precio de venta, menos los gastos de la venta. En cuanto a las tarifas del IRPF, las ganancias patrimoniales tributan al 19% para los primeros 6.000 euros, al 21% entre 6.000 y 50.000 euros, al 23% entre 50.000 y 200.000 euros, al 27% entre 200.000 y 300.000 euros, y al 28% para cualquier cantidad que supere esta última cifra. Las ganancias patrimoniales de capital e inmobiliarias han aumentado un 17% en la Campaña de Renta 2022 con respecto al ejercicio previo, según la Agencia Tributaria. Este aumento se atribuye al buen desempeño de la Bolsa y a que muchas de las operaciones declaradas no tuvieron retenciones previas y, por lo tanto, obligaron a declararlas. Los costes no son solo económicos, también pueden tener implicaciones en la gestión de los negocios. Por ello, los asesores recomiendan evaluar cuidadosamente el beneficio que se puede obtener en estas operaciones. Las CCAA facilitan las donaciones mediante una amplia variedad de bonificaciones fiscales en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, tributo cedido por el Estado. Por ejemplo, en Cantabria hay una bonificación del 100% para las donaciones, y en Andalucía, Canarias, Castilla y León, Extremadura, Madrid, Región de Murcia, La Rioja y Comunidad Valenciana se aplican bonificaciones del 99% para operaciones entre los grupos familiares I (padres a hijos) y II (abuelos, nietos y hermanos). Además, en Castilla-La Mancha se aplica una bonificación del 95% al 85% a partir de 240.000 euros, y en Baleares la bonificación de la base liquidable es del 93%, mientras que en Canarias llega al 99,9%. Cataluña y Galicia han establecido tarifas del 5% al 9% para donaciones entre parientes cercanos.

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